Diferencia entre revisiones de «Indulgencia»
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[[Imagen:Indulgence3.png|thumb|320px|Ejemplar de una "Carta de Indulgencias" del 19 de Diciembre de 1521]]
La '''Doctrina de las Indulgencias''' es un concepto de la [[Teología]]
En la doctrina católica, la indulgencia, a diferencia del [[sacramento]] de la [[penitencia]] o reconciliación, no perdona el [[pecado]] en sí mismo, sino que exime de las penas de carácter temporal que de otro modo los fieles deberían purgar, sea durante su vida terrenal, sea luego de la muerte en el [[purgatorio]]. La indulgencia no pertenece a la categoría de "[[Sacramento (religión)|sacramento]]", como es el caso de la [[penitencia]]. Puede ser concedida por el Papa, los obispos y cardenales, a quienes, por ejemplo, recen determinada oración, visiten determinado santuario, utilicen ciertos objetos de culto, realicen ciertos peregrinajes, o cumplan con otros rituales.
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Bien que tratándose de un concepto teológico relativamente secundario, las indulgencias jugaron en su momento un rol central en la historia del [[cristianismo]]. En efecto, en el siglo XVI, los abusos y el tráfico al que dieron lugar fueron el motivo principal que llevaron a [[Martín Lutero]] a enfrentarse con la [[Iglesia Católica]] constituyendo así el detonante de la [[reforma protestante]].
El [[Código de Derecho
{{cita|La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones, consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los Santos. (Código de Derecho Canónico de 1983, Libro I, Título IV, Capítulo IV, Canon 992) }}
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