Diferencia entre revisiones de «Provincia (España)»

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La '''provincia''' es una división territorial de [[España]], reconocida en la [[Constitución Española de 1978|Constitución española]]. Actualmente, en España hay cincuenta provincias. Éstas, junto con las ciudades autónomas de [[Ceuta]] y [[Melilla]] y algunas posesiones insulares menores, comprenden la totalidad del territorio español.
 
== Precedentes: los primeros proyectos de división provincial ==
En Enpaña hay 17 Comunidades autónomas y las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
[[Archivo:1822 provinciasyregiones.jpg|thumb|350px|Mapa de la división de 1822 en provincias y regiones de España]]
Existen 15 Comunidades autónomas situadas en el territorio de la península Ibérica, 2 Comunidades autónomas insulares, es decir, formadas por islas, y dos Ciudades autónomas, situadas, en el norte de África.
El reformismo [[Casa de Borbón|borbónico]] introdujo algunos cambios en la organización político-territorial de España, como la creación de las audiencias e intendencias. Sin embargo, seguían prevaleciendo en gran parte las divisiones heredadas de los [[Casa de Austria|Habsburgo]], con territorios de extensión desigual y con varios enclaves de unas provincias en otras. Para remediar este estado de cosas, los [[Ilustración|ilustrados]] propusieron una división racional del Reino. El primer proyecto serio fue el elaborado entre [[1799]] y [[1805]] por el superintendente de Hacienda Miguel Cayetano Soler. Sin embargo, las convulsiones políticas de los años en que se realizó el proyecto no permitieron su realización, que fue retomado por las [[Cortes de Cádiz]] poco después.
Una Comunidad autónoma tiene un territorio, una capital, unas istiyuciones de gobierno y unos símbolos propios que se reconocen por el himno, la bandera y el escudo.
Una Comunidad autónoma puede tener una o varias provincias.
Cada Comunidad autónoma tiene su propia historia, sus costumbres y sus tradiciones. En España se habla el castellano. Además, en algunas Comunidades se hablan el catalán, el euskera, el gallego... Todas las Comunidades autónomas comparten las leyes y las istituciones del Estado.
 
Durante la [[España durante la ocupación francesa|ocupación francesa]], [[José Bonaparte]], por el Real Decreto del 17 de abril de [[1810]], creó una nueva organización administrativa y territorial, calcada del modelo de [[departamentos franceses]]: consistía en la división del país en una serie de prefecturas y subprefecturas que eliminaban las divisiones administrativas del [[Antiguo Régimen]]. Sin embargo, esta nueva división apenas fue operativa pues este gobierno tan sólo controlaba una pequeña parte del territorio español y, por otra parte, Napoleón planeaba la incorporación a Francia de las tierras al norte del Ebro.
 
Por su parte, las Cortes de Cádiz retomaban en 1812 los proyectos de los ilustrados: decretaron la supresión de los antiguos reinos, provincias e intendencias en que se dividía España, y realizaron una división del país en provincias, regularizada y racionalizada. Sin embargo, el proyecto no pudo llegar a aplicarse, pues la vuelta a España del [[absolutismo]] de la mano de [[Fernando VII]] dejó sin efectos esta división provincial, al abolir en 1814 la Constitución de Cádiz, volviéndose al esquema político-administrativo del Antiguo Régimen. Durante el [[Trienio Liberal]] (1820–1823) se establecería de nuevo la división provincial ensayada por las Cortes de Cádiz, pero sería de nuevo suprimida por Fernando VII al recuperar el poder absoluto. La organización provincial definitiva sería adoptada tras la muerte de éste en 1833, al asumir la Regencia su esposa [[María Cristina de Borbón]] con apoyo de los liberales.
RESUMEN
 
Las Comunidades autónomas son diferentes, pero comparten las leyes y las instituciones del Estado.
{{VT|Proyectos de división territorial de España|División territorial de España en 1833}}
 
== Aspectos jurídicos ==