Diferencia entre revisiones de «Delito»

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El '''delito''', en sentido estricto, es definido como una conducta, acción u omisión [[tipo penal|típica]] (tipificada por la ley), [[antijuridicidad|antijurídica]] (contraria a [[Derecho]]), [[culpable]] y punible. Supone una conducta infraccional del [[Derecho penal]], es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.
El '''tontito
''', en sentido estricto, es definido como una conducta, acción u omisión [[tipo penal|típica]] (tipificada por la ley), [[antijuridicidad|antijurídica]] (contraria a [[Derecho]]), [[culpable]] y punible. Supone una conducta infraccional del [[Derecho penal]], es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.
La palabra delito deriva del verbo latino ''delinquere'', que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la ley.
La definición de delito ha diferido y difiere todavía hoy entre escuelas criminológicas. Alguna vez, especialmente en la tradición , se intentó establecer a través del concepto de [[Derecho natural]], creando por tanto el ''delito natural''.