Diferencia entre revisiones de «Estatuto de autonomía»

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El '''Estatuto de Autonomía''' es la norma institucional básica española de una [[Comunidad Autónoma]], reconocida por la [[Constitución española de 1978]] en su artículo 147 y cuya aprobación se lleva a cabo mediante [[Ley Orgánica (España)|Ley Orgánica]], tipo de norma que requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del [[Congreso de los Diputados de España|Congreso de los Diputados]] en una votación final sobre el conjunto del proyecto. En él se recogen, al menos, la denominación de la Comunidad, la delimitación territorial, la denominación, organización y sede de las instituciones autónomas, las competencias asumidas y, si procede, los principios del régimen lingüístico.
 
{{cita|Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.|''[[Constitución española de 1978]]''|}}
 
Los Estatutos de Autonomía forman parte del ordenamiento jurídico del Estado pero su régimen de elaboración y aprobación es distinto del resto de las leyes.