Diferencia entre revisiones de «Tabasco»
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Línea 433:
La reglamentación fue rígida y su ejecución inflexible. «La Ley Seca del 30 de abril de 1931, incluía sanciones para la importación, exportación, compra, venta, abastecimiento y elaboración de bebidas alcohólicas de cualquier forma o cantidad, fuera de la cerveza, que consistían en hasta seis años de prisión y una multa de 500 a 5,000 pesos. Cualquiera que fuera sorprendido bebiendo licor estaba sujeto a las mismas sanciones, cualquiera que se aventurara por las calles en estado de ebriedad, se exponía a pasar varios años en la cárcel o a pagar las elevadas multas decretadas por la ley».
== Fin
En
A causa del rompimiento entre el Presidente Cárdenas y el General Calles, Tomás Garrido se vio obligado a renunciar a la Secretaría el 15 de junio de 1935 y regresó a Tabasco.
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