Diferencia entre revisiones de «Derecho tributario»

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* Son verdaderas prestaciones que nacen de una obligación tributaria; es una obligación de pago que existe por un vínculo jurídico.
 
El '''sujeto activo''' de las relaciones tributarias es el [[Estado]] o cualquier otro ente que tenga facultades tributarias, que exige tributos por el ejercicio de poderes soberanos, los cuales han sido cedidos a través de un [[pacto social]].
 
El '''[[sujeto pasivo]]''' es el [[contribuyente]] tanto sea [[persona física]] como [[persona jurídica|jurídica]].
 
* Sujeto de jure: el que fue considerado en la norma al establecer el impuesto.
* Sujeto de facto: es quien soporta la carga económica del impuesto, a quien el sujeto de jure traslada el impacto económico.
En el moderno [[estado de derecho]] los tributos son creados por ley. El Estado es una forma moderna de convivencia social.
 
== Clasificación de los tributos ==
Nuestra Constitución recoge una clasificación arcaica, ya que no dice ''tributos'' sino ''contribuciones'' (género), y a los impuestos los denomina ''tasas'' (especie).
 
=== Impuestos ===
{{AP|Impuesto}}
Son los tributos exigidos por el Estado sin que exista una contraprestación inmediata por su pago, y aun así exige su cumplimiento por el simple surgimiento del hecho generador, que devolverá a cambio el Estado a largo plazo a través de educación, salud, seguridad, etc., satisfaciendo de este modo las necesidades públicas.
 
=== Clasificación de los impuestos ===