Diferencia entre revisiones de «Ley»

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[[Imagen:Milkau Oberer Teil der Stele mit dem Text von Hammurapis Gesetzescode 369-2.jpg|thumb|right|200px|El [[Código de indeterminadosHammurabi]] loses requisitosuno ode los efectosprimeros delconjuntos casode regulado,leyes dejandoque unse ciertohan margenencontrado paray apreciaruno lasde circunstanciaslos deejemplos hechomejor yconservados darde aleste Derechotipo unade configuracióndocumento adecuadade alla casoantigua concreto[[Mesopotamia]].]]
{{otros usos}}
La '''ley''' (del [[latín]] ''lex'', ''legis'') es una [[norma jurídica]] dictada por el [[legislador]]. Es decir, un [[norma jurídica|precepto]] establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la [[justicia]]. Su incumplimiento trae aparejada una sanción.
 
Según el jurista panameño César Quintero, en su libro Derecho Constitucional, la ley es una "''norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia.''" Por otro lado, el jurista chileno-venezolano [[Andrés Bello]] definió a la ley, en el artículo 1º del [[Código Civil de Chile]], como "''Una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite''".
 
Las leyes son delimitadoras del [[libre albedrío]] de las [[persona]]s dentro de la [[sociedad]]. Se puede decir que la ley es el control externo que existe para la conducta humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta social. Constituye una de las [[fuentes del Derecho]], actualmente considerada como la principal, que para ser expedida, requiere de autoridad competente, es decir, el órgano [[poder legislativo|legislativo]].
 
== Características ==
*'''Generalidad:''' La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.
*'''Obligatoriedad:''' Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma.
*'''Permanencia:''' Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.
*'''Abstracta e impersonal:''' Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.
*''' Se reputa conocida:''' Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de cumplirla.
 
== Ley natural ==
{{AP|Ley natural}}
La ley natural es un orden normativo armónico (o sistemático) y unas relaciones de interdependencia derivadas de él, a los que todos los seres creados visibles están ligados por el mero hecho de existir. Dentro de este encontramos las nociones de orden, interrelación y armonía.
 
== Ley positiva ==
En [[Derecho]] el origen de la definición de la ley se debe a [[Tomás de Aquino]] en su [[Summa Theologica]] al concebirla como ''"La ordenación de la razón dirigida al bien común dictada por el que tiene a su cargo el cuidado de la comunidad y solemnemente promulgada"''.
 
Más modernamente, se denomina ley a la norma de mayor rango tras la [[Constitución]] que emana de quien ostenta el [[poder legislativo]]. Mientras no está aprobada es un [[proyecto de ley]].
 
=== Clasificaciones de la ley ===
* En sentido material y formal:
**'''Material''' es toda norma general y obligatoria, emanada de autoridad competente.
**'''Formal''' es toda norma emanada desde el congreso conforme al mecanismo constitucionalmente determinado.
* De derecho estricto y de derecho equitativo, también se denominan '''rígidas o flexibles'''. En las primeras la norma es taxativa y no deja margen para apreciar las circunstancias del caso concreto ni graduar sus consecuencias. En las segundas, resultan más o menos indeterminados los requisitos o los efectos del caso regulado, dejando un cierto margen para apreciar las circunstancias de hecho y dar al Derecho una configuración adecuada al caso concreto.
 
Algunos tipos de leyes son: