Diferencia entre revisiones de «Confesión (derecho)»
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La confesión hace prueba en relación con la otra parte.
== Absolución de Posiciones ==
Es aquella que se presta en el mismo [[proceso]] en el cual ella es invocada como medio probatorio y puede prestarse tanto en forma espontánea como provocada.
Esta prueba confesional puede producirse como [[medida prejudicial]] preparatoria (cuando se requiere saber ciertos datos) y probatoria; puede producirse durante el proceso mismo a instancia de partes y, por último, puede generarse por ordenarlo el tribunal como medida para mejor resolver.
La '''absolución de posiciones''' necesariamente debe ser solicitada en [[primera instancia]] antes del vencimiento del [[término probatorio]] y en [[segunda instancia]] antes de la [[vista de la causa]], pero puede rendirse después de esas oportunidades siempre y cuando no haya concluido la instancia, ya que esa diligencia no suspende el [[procedimiento]].
Así, si se solicita en primera instancia antes del vencimiento del termino probatorio, la absolución de posiciones puede llevarse a efecto en una fecha posterior a ese vencimiento, siempre que el [[juez]] no haya dictado todavía la [[sentencia definitiva]]; en segunda instancia sucede lo mismo, ya que si se procede a la vista de la causa y se dicta la [[sentencia]] de segunda instancia, tampoco procederá ya rendir la confesión judicial.
En este caso en segunda instancia la situación es diferente que cuando se han presentado [[documento]]s en que no puede dictarse sentencia mientras no venza el plazo de [[citación]] o de [[apercibimiento]].
== Confesión en el curso del juicio ==
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