Diferencia entre revisiones de «Presidente de Chile»

Contenido eliminado Contenido añadido
Macs1984 (discusión · contribs.)
m Revertidos los cambios de Macs1984 (disc.) a la última edición de B1mbo
Línea 424:
La [[Constitución Política de la República de Chile de 1828|Constitución de 1828]] –[[historia del constitucionalismo chileno|único texto constitucional chileno]] que estableció la existencia de un Vicepresidente como figura permanente–, dispuso que en caso de muerte o imposibilidad física o moral del Presidente, este lo reemplazaría en su puesto; y sus calidades eran las mismas que se requerían para ser presidente. La designación de [[Joaquín Vicuña]] como vicepresidente, tras la [[Elección presidencial de Chile (1829)|elección de 1829]], la primera bajo el imperio de la Carta de 1828, fue objeto de una gran polémica y se considera uno de los detonantes de la [[Revolución de 1829]]. El cargo permanente de vicepresidente fue abolido con la [[Constitución Política de la República de Chile de 1833|Constitución de 1833]], siendo [[Diego Portales]] el último en ocuparlo (fue [[Elección presidencial de Chile (1831)|elegido en 1831]], aunque no prestó el juramento para desempeñarlo).
 
A partir de aquel momento y hasta la actualidad, ''Vicepresidente de la República'' sólo es el título de quien ''[[ex officio]]'' [[#Subrogación y sucesión presidencial|subroga o reemplaza]] al presidente electo o en ejercicio, en caso de impedimento temporal o vacancia. En el caso de ausencia del residente en el país, quien asume este rol es el [[Ministerio del Interior de Chile|Ministro del Interior]].
El Vicepresidente, en el desempeño de sus funciones, tiene todas las atribuciones que la Constitución [[#Facultades y atribuciones del presidente|confiere al Presidente de la República]].