Diferencia entre revisiones de «Provincias subalternas»

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Es el nombre con que la [[Real Ordenanza de Intendentes]] de 1786 denomina a las provincias suborninadas en lo político al [[Superior Gobierno]] y en lo judicial y eclesiástico al gobierno de la Ciudad de [[Guadalajara (EspañaJalisco)| Guadalajara]] de Indias, capital del entonces Reino de Galicia de la América Setentrional ([[Nueva Galicia]]). Constituían un triángulo enclavado en los límites ocidentales de la [[Nueva España]], y meridionales de la [[Nueva Galicia]], integrado en 1786 por las provincias o Alcaldías Mayores de Amula (Tuscacuesco o [[Tuxcacuesco]]), [[Autlán]] de la Grana, [[Etzatlán]] y La [[Magdalena]] (Izatlán, Ahualulcos, etc.), Puerto de la Navidad, [[Sayula]] ([[Provincia de Ávalos]] ó Zayula) y [[Zapotlán el Grande]] ([[Ciudad Guzmán]]). Hoy día, el territorio abarcado por estas Alcaldías forma parte del estado [http://buscon.rae.es/draeI/ mejicano] de [[Jalisco]].
 
== Véase también ==