Diferencia entre revisiones de «Sociedad anónima»

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Línea 36:
Para proceder a la constitución de una sociedad anónima se requiere cumplir una serie de requisitos establecidos por el ordenamiento jurídico respectivo. Entre ellos, generalmente se incluye, según la legislación en concreto:
 
# Un mínimo de socios o accionistas, y quekkkkque cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos (en España se contemplan las sociedades "unipersonales")
# Un mínimo de capital social o suscripción de las acciones emitidas
# La escritura constitutiva de la sociedad anónima con ciertas menciones mínimas