Diferencia entre revisiones de «Exequatur»

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Línea 6:
El titular del exequátur es:
* Toda persona en cuyo favor se dictó la [[sentencia judicial|sentencia]];
* Toda persona a quien la [[sentencia judicial|sentencia]] extranjera le ocasione un perjuicio o le impida un beneficio que sólo la declaración puede hacer cesar.
 
== Procedimiento de exequátur ==