Diferencia entre revisiones de «Monte (legislación)»

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Línea 1:
Tradicionalmente se denomina '''monte''' a tierra sin cultivar, cubierta de árboles, arbustos o matas. Es una categoría de uso del suelo que incluye terrenos arbolados y desarbolados no agrícolas ni urbanos.El bioma monte es una zona arida y sin cultivar.
 
== Concepto legal de monte ==