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Para diablos los de mi tierra, para diablos los Cajabambinos.
 
Danza de Diablos 1917
Por Raúl Urbina Paz:
Este fue un dicho popular que cuando niño oía pronunciar a las personas más viejas de mi tierra; pero entiéndase bien, no para referirse a que nuestros paisanos fuesen los más astutos, inquietos o cundas, sino para resaltar la prestancia, dinamismo, colorido, alegría y belleza de la hermosa Danza de Diablos de Cajabamba, expresión folklórica que se ha vuelto tradicional en esta tierra norandina.
Año tras año siguiendo la tradición esta danza hace delirar de emoción a propios y extraños que van a gozar de la Feria Provincial de octubre, que se celebra durante ocho días a partir del primer viernes hasta el segundo domingo del mismo mes, en honor a la Virgen del Rosario Patrona de la ciudad. El abigarrado gentío los sigue de calle en calle para admirar el furor, destreza y hermosura de su baile al son de fogosas marineras y huaynos interpretados por las excelentes bandas de músicos que amenizan la fiesta. Durante una semana completa estos danzantes bailan sin descansar 21 bailes diarios entre marineras, fugas y huaynos, haciendo derroche de un envidiable estado físico y demostrando por doquier agilidad, destreza, coordinación, donaire y dominio en el zapateo de ¨punta y taco¨ que acompañado de un paso un tanto saltarín se ha convertido en tradicional, constituyendo una forma propia, muy cajabambina, de bailar las alegres marineras norteñas.
No hay ciudadano cajabambino, con raras excepciones, que no haya bailado esta danza por lo menos una vez en su vida, ya que todo joven desea pertenecer a ella.
La Danza de Diablos es la expresión más rica del folklore de esta tierra, danza de origen religioso que se remonta a la época de la Colonia.
 
Danza de Diablos 1950
Al respecto don José Sabogal Diéguez, el gran pintor cajabambino y representante de la corriente indigenista, nos dice en su libro ¨El desván de la imaginería peruana¨, que representa la transformación del arcángel Luzbel en demonio, por haberse rebelado contra Dios; por esto la lujosa indumentaria del diablo cajabambino es la misma que lucen los arcángeles de la imaginería colonial, consiste en blusón, faldellín, pantalón hasta la altura media de la canilla, pañuelo rectangular que de uno de sus vértices pende de la cabeza del danzarín y se extiende sobre la espalda; otro pañuelo pequeño que lleva en la mano izquierda empuñando el ramo de flores naturales y espadín metálico de 60 centímetros de longitud; un cinturón bordado que se ciñe en la cintura del blusón; zapatos blancos y espuelines metálicos; un látigo, rebenque o ¨chicote¨ en la mano derecha y una máscara tradicional de tipo angelical sobre la cabeza, con el agregado de haberle puesto cuernos para representar al diablo o demonio.
Se desconoce desde que año se viene practicando esta danza, existiendo al respecto varias hipótesis, siendo la más seria, coherente y creíble la que sostiene el pintor Sabogal. Sea como fuere, lo cierto es que se implantó durante la Colonia en diferentes pueblos de la sierra norte del Perú como : Cajabamba, Tayabamba, San Marcos, Ichocán; en algunos de estos lugares la danza evolucionó muy poco, siendo en Cajabamba el lugar donde de desarrolló y perfeccionó más; así con el transcurrir de los años, en Cajabamba se fueron confeccionando cada vez vestidos más lujosos con telas de seda, buscando siempre el contraste entre dos colores y bordando primorosamente a mano con hilos multicolores de seda todas las piezas de la indumentaria descritas anteriormente, siendo decoradas con profusión de lentejuelas, chaquiras, perlas, piedras de colores y rematando los bordes de cada una de las piezas del vestido con flecaduras doradas o plateadas.
En esta artesanía sobresalió siempre el buen gusto, la delicadeza y el arte de las mejores costureras cajabambinas, en décadas pasadas se distinguieron las artesanas Elia Valera, las hermanas Ponciano, Leonila Alcarraz, Elisa y Grimaldina Montano, Trinidad Rodríguez, Lucila Zanoni, Mercedes Castro de Johanson, Ofelia Rubio de Cuadra y la señorita Sofía Sisniegas. En la actualidad destacan las señoras Amparo Alayo de Arévalo, Dora Caballero de Rodríguez, Bernabita Rojas de Vargas y Bertha Moreno de Jara.
Desde finales del siglo XIX (1,890) y comienzos del siglo XX hasta 1,930 las máscaras grotescas que usaban los danzarines fueron transformadas en las máscaras de tipo angelical que se usan hoy, con cuernos de carnero decorados en muchos casos con pedrería de colores, con ojos de vidrio, orejas y dentadura de latón, -dejando pequeños orificios al pie de los ojos, nariz, oídos y boca. Estas máscaras son confeccionadas siguiendo la antigua técnica llamada escayola que consiste en formar un molde de arcilla con las medidas que se le toma a la cabeza del danzante; sobre este molde se van colocando capas superpuestas de tocuyo adheridas unas sobre otras con cola; sobre la última capa que pueden ser cinco o seis, se aplica una base de masilla formada con polvo blanco de merluza y agua encolada, la cual una vez secada, lijada y pulida recibe luego el esmalte, dando la apariencia de una tez sonrosada y aplicando pintura negra o rubia al cabello. El iniciador de este tipo de máscaras fue el artesano cajabambino don Pablo Moreno Fernández conocido con el seudónimo de ¨Pablazo¨ por su gran estatura, continuando con esta artesanía su hijo Manuel Moreno Medrano y en la actualidad los artistas Carlos Vargas Paredes, Fernando Mantilla Rodríguez, Manuel Urbina Arroyo, Hugo Bocanegra Blas y otros.
Los látigos, rebenques o ¨chicotes¨ cuyo trenzado en cuero es una obra de arte de la talabartería cajabambina, con adornos de plata en el extremo superior del látigo y con empuñadura de madera. En esta artesanía en decenios anteriores destacaron los artesanos talabarteros: Matías y Pedro Sabogal Castillo, padre y tío del pintor José Sabogal respectivamente; Nicasio Pajares, Francisco Lezama, Zoilo Mercado Cabanillas, Fermín Espejo, continuando su hijo Leoncio Espejo Figueroa y en la actualidad sus nietos Alejandro y Teodoro Espejo Iparraguirre; así como también el señor Elmer Baltodano Alegría conjuntamente con sus hijos.
 
Danza de Diablos 1962
Después de haber participado la danza de Diablos de Cajabamba en la ciudad de Lima, en la celebración del Sesquicentenario de la Independencia Nacional en 1,971; un grupo de personas amantes de la cultura y el folklore de Cajabamba, fundan la Asociación Danza de Diablos de Cajabamba el día 10 de septiembre de 1,972, fecha aniversaria de San Nicolás de Tolentino, agrupando a todos los danzarines y amigos de la danza, bajo la forma de una asociación con estatuto y reglamentos propios, con la finalidad de defender, cultivar, promocionar y estimular el folklore cajabambino en su autenticidad y originalidad, especialmente la danza de Diablos y junto a ella la Danza de los Galanes, formada por niños que son el semillero de la Danza de Diablos.
Se eligió como primer presidente al señor Gustavo Monzón Palma 1,972 – 1,979, sucedieron al primer presidente los siguientes directivos:
1. Sr. José Manuel Eslava Iparraguirre 1,979 – 1,983
2. Sr. Juan Manuel Castillo Sánchez 1,983 – 1,986
3. Sr. Raúl Hernán Urbina Paz 1,986 – 1,992
4. Sr. Carlos Leopoldo Vargas Paredes 1,992 – 1,998
5. Sr. Guillermo Luis Ramal Seminario 1,998 – 2,000
6. Eduardo Lucas Escobedo Urquiza 2,001–2,002 reemplazándolo El Sr. Juan Manuel Castillo Sánchez.
7. Sr. José Manuel Eslava Iparraguirre 2,003 – 2,004
8. Sr. Robin Iparraguirre Cruchaga 2,005 – 2,006
9. Sr. Orlando Arévalo Lara quien renuncia por motivos de trabajo, remplazándolo el Sr. Carlos Corvera Briceño quien a su vez entregó el cargo al vicepresidente Sr. Raúl Urbina Paz.
Esta Asociación está reconocida por la Filial de Cajamarca del Instituto Nacional de Cultura; por la Escuela de Folklore José María Arguedas del Instituto Nacional de Cultura de Lima y por el INDECOPI para resguardar la propiedad intelectual y artística de esta bella danza.
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Danza de Diablos de Cajabamba
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
N° 1276/INC
Visto, el Informe N° 102-2008-DRECPCIINC de fecha 8 de septiembre de 2008, emitido por la Dirección de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo
Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú, señala que es función del Estado la protección del patrimonio cultural de la Nación;
Que, el inciso 1 del artículo 2° de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes – que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;
Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el Instituto Nacional de Cultura, está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia;
Que, el numeral 2) del artículo 1° del Título I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;
Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 1207/ INC, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobó la Directiva N° 002-2004-INC, “Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural”;
Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la Ley, y con la participación activa de la comunidad, realizar una permanente identificación de dichas manifestaciones tradicionales del país que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante el documento del visto la Dirección de Estudio y Registro de la Cultura en el Perú Contemporáneo solicita la declaración de la Danza de Diablos de Cajabamba, como Patrimonio Cultural de la Nación, conforme al expediente elaborado por el señor Raúl Urbina Paz y presentado por la Dirección Regional de Cultura de Cajamarca;
Que, el origen de las danzas de diablos es hispánico. Estos personajes aparecían específica mente en el siglo XIII, en la festividad religiosa del Corpus Christi, representando la fealdad del hombre alejado de Dios; asimismo, las tarascas, cabezudos, gigantes y enanos, representaciones satíricas de la política y de la sociedad española, iban adelante abriendo camino a la procesión, asustando a la feligresía y representando la victoria del bien contra el mal. Posteriormente, en el Perú evangelizado aparece esta danza en las procesiones del Corpus Christi y en honor a los santos o vírgenes patrones de cada pueblo;
Que, en el año de 1669 se funda en Cajabamba la cofradía de la Virgen del Rosario -Devoción Agustina del siglo XII- por Fray Antonio de Castañeda y en 1780 el fraile agustino Domingo de la Rea proclama a esta Virgen como Patrona de la “Siempre Fiel Ciudad de Cajabamba”. Es en esa época en que aparece en Cajabamba la Danza de Diablos, tomada de las tradiciones españolas;
Que, la Danza de Diablos de Cajabamba es ejecutada únicamente por varones, quienes se ofrecen a bailar para la Virgen del Rosario en un acto de devoción a ella y con el propósito de lograr el perdón de sus pecados;
Que, durante la Fiesta de la Virgen del Rosario se realizan múltiples actividades religiosas, culturales y sociales como son: misas y procesiones, corrida de toros y peleas de gallos, actividades deportivas y una feria agropecuaria; sin embargo, es la Danza de Diablos la expresión emblemática de la celebración y la que es reconocida por los pobladores de Cajabamba como expresión identitaria del ser Cajabambino;
Que, uno de los pasajes más importantes de la fiesta es la adoración del danzante dentro del templo, ritual característico y singularidad de esta comparsa que expresa la idiosincrasia y la religiosidad de Cajabamba, pues no se ha registrado en otras danzas de diablos que estos personajes ingresen al templo ya que, por lo general, no se les permite acercarse a la imagen venerada;
Que, los elementos de la indumentaria que se utilizan en la danza están rigurosamente estipulados en los estatutos de la Asociación Diablos de Cajabamba, la misma comprende la máscara tradicional, la blusa bordada con flecos, el faldellín bordado, pantalones bordados hasta debajo de la rodilla, medias de color carne, zapatos blancos, cinturón bordado, guantes blancos, chicote de cuero trenzado, espada y ramo de claveles y rosas;
Que, la máscara o majoma se fabrica con la antigua técnica Escayola transmitida de generación en generación y cuya tradición es conservada por algunas familias de Cajabamba;
Que, la belleza y originalidad de la música y de la coreografía, así como la valiosa artesanía de la fabricación de las máscaras y el laborioso bordado de la indumentaria, se han mantenido gracias a la motivación que genera esta danza en los pobladores de Cajabamba, quienes conservan y salvaguardan esta expresión como elemento principal de su identidad cultural;
Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación” y el Decreto Supremo N° 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO
CULTURAL DE LA Nación a la Danza de Diablos de Cajabamba en tanto se trata de una manifestación cultural que constituye, por su trasfondo histórico, los elementos estéticos asociados -vestimenta, textilería, coreografía y música- y los diversos significados que le han impreso sus practicantes, un complejo cultural de gran riqueza en el que se expresa una visión particular de la región y de su historia, constituyéndose así en vehículo de la identidad colectiva regional.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
CECILIA BÁKULA BUDGE
Directora Nacional