Diferencia entre revisiones de «Normatividad mexicana»

Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
SuperBraulio13 (discusión · contribs.)
m Revertidos los cambios de 189.248.111.129 a la última edición de Super braulio
Línea 1:
Se entiende por '''Norma Oficial Mexicana''' ('''NOM'''), según el apartado XI del artículo tercero de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización,<ref name=ref_duplicada_1>[http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/doc/130.doc Texto íntegro y vigente (última reforma 28 de julio del 2006) de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, publicada en el ''Diario Oficial de la Federación'' del 1 de julio de 1992.]</ref> toda aquella "regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40 (de esa misma ley), que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación".
fani del segundo efe ama a joseph del tercero efe
 
Una NOM tiene el mismo poder que una [[ley]]. La mayor parte de las leyes mexicanas incluyen varias NOM, algunas leyes incluyen muchas de ellas. Cada una de las NOM atiende un tipo específico de actividades. En el caso específico de las NOM relativas a productos, describen todos los reglamentos que son obligatorios en cuanto a su uso, manejo, descripción, mantenimiento y garantía, a fin de poder venderse en el mercado mexicano.