Diferencia entre revisiones de «Abogado»

Contenido eliminado Contenido añadido
Contactcarl (discusión · contribs.)
Sin resumen de edición
Juliohfv (discusión · contribs.)
m Revertidas 1 edición por Contactcarl identificadas como vandalismo a la última revisión por Vitamine. (TW)
Línea 16:
 
A través de los Colegios de Abogados u organismos pertinentes, dependiendo del país, existen servicios de asistencia jurídica gratuita para los ciudadanos que carecen de medios económicos para pagar los honorarios de un abogado. Son los llamados defensores "Ad honorem" en el caso que asesoren desde Colegios de abogados, y abogados oficiales defensores (o simplemente abogados de oficio) cuando dependen directamente del Estado.
 
En [[Argentina]] el ''Título de Abogado'', ''prefijo Abog.'' es la denominación que se otorga en [[Argentina]] a todo aquel estudiante de [[Leyes]] y [[Derecho]] que luego de haber cursado y aprobado los contenidos de una carrera de grado de 5 años lectivos de duración y la misma carrera fuera correctamente certificada por el organismo regulador nacional de carreras universitarias en Argentina [[CONEAU]].<ref>[http://www.coneau.edu.ar/archivos/447.pdf Ley de Educación Superior - Argentina], artículo 46</ref> Una vez obtenido el Título de Abogado, el flamante profesional está así habilitado a ejercer el derecho en toda la Jurisdicción Argentina así como utilizar el prefijo ''Abog.'' en su nombre propio.
 
En [[España]] la actividad profesional del Abogado se regula en Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, cuyo artículo 6 contempla que "corresponde en exclusiva la denominación y función de abogado al Licenciado en Derecho que ejerza profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos, o el asesoramioento y consejo jurídico", añadiendo su artículo 9.1 que "son abogados quienes, incorporados a un Colegio español de Abogados en calidad de ejercientes y cumplidos los requisitos necesarios para ello, se dedican de forma profesional al asesoramiento, concordia y defensa de los intereses jurídicos ajenos, públicos y privados".
 
 
Las especialidades más habituales en el mundo de la abogacía suelen ser: [[Derecho civil]], [[Derecho de familia|de familia]], [[Derecho penal|penal]], [[Derecho mercantil|mercantil]], [[Derecho laboral|laboral]], [[Derecho tributario|tributario]], [[Derecho constitucional|constitucional]], [[Derecho administrativo|administrativo]] y [[Derecho ambiental|ambiental]].
Línea 27 ⟶ 22:
 
Tradicionalmente, los abogados ejercieron su profesión solos o en pequeños grupos. Fue en Estados Unidos de América a finales del siglo XIX cuando los abogados comenzaron a juntarse en grupos más grandes, tendencia que pasaría rápidamente a Europa y luego al resto de los países con un desarrollo relevante de la profesión. Como un caso muy especial pude citarse Francia, donde aún hoy en día, con algunas contadas excepciones, los abogados siguen trabajando solos o en pequeños grupos.
 
 
 
Generalizando, podría decirse que las formas de organización que los abogados se han dado son básicamente tres. En primer lugar, y por lejos la forma más usada, son los abogados que ejercen solos o en pequeños grupos. En segundo, aun cuando es una fórmula que se bate en retirada, están las comunidades de techo, donde básicamente los abogados comparten la propiedad de un inmueble o contribuyen comunitariamente a los gastos generales, y cada uno lleva sus propios clientes. En tercer lugar, independientemente de la estructura societaria elegida, están los estudios de abogados o estudios jurídicos, en los que generalmente se concentra la mayor parte del trabajo complejo y relevante que se realiza en un país para empresas, gobierno o personas.
Línea 57 ⟶ 50:
 
'''Ama a tu profesión'''. Trata de considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.
 
==Utilización del prefijo “Dr.” o “Lic.”==
 
En [[Argentina]] el llamar a un abogado como doctor es considerado erróneo, sin embargo como en otros países, los Abogados son algunas veces referidos como tales<ref>[http://www.andinia.com/articles/desaparecido_nn/a04972.shtml] Abogados Argentinos: Los doctores que no son</ref> a pesar de no poseer un doctorado en investigación. Dado que el [[Lenguaje]] va sufriendo de una constante evolución, la mala costumbre y uso del prefijo ''Dr.'' por parte de los Abogados en Argentina se debe basicamente a las siguientes razones:
 
* Acordada de la corte suprema y antiguos nombres de carreras de leyes que dejaron de existir: En la antigua y clerical Universidad de Córdoba (Anterior a la revolución universitaria para luego sobrevenir como [[Universidad Nacional de Córdoba]]) la carrera universitaria en derecho se denominaba antiguamente ''Doctorado en Leyes'' y no [[Abogacía]] como empezó a llamarse a partir de la [[Reforma Universitaria]] de 1918. Por otro lado, antes que se reglamentara las carreras de posgrado en Argentina, existían [[Título de grado|Títulos de grado]]; además de en la [[UNC]], denominados también como “Doctor en Leyes” que por su simple uso en aquel tiempo promovieron una acordada de la corte suprema que autorizó el uso del prefijo “Dr.” sin diferenciar carreras de posgrado y grado<ref>[http://www.earchivo.mendoza.gov.ar/todo.php?idnota=24535] El debate por el título de doctor</ref>.
 
* Oferta Académica: El Sistema universitario Argentino recien empezó a dictar cursos de posgrado (Especializaciones, Maestrías y Doctorados)<ref>[http://www.coneau.edu.ar/index.php?item=29&apps=16&id=428&act=ver&idioma=aa] Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria - Tipos de Posgrado</ref> en [[1949]] cuando el uso del prefijo calificativo ya se había difundido.
 
* Reticencia de los Colegios de Abogados: Los Colegios de Abogados se niegan a asumir la denominación oficial y continuan apoyando el uso del prefijo sin discriminar un Abogado con [[Título de grado]] de un Doctor en Derecho de [[Posgrado]] que según la normativa actual ''“...ha hecho una contribución original al conocimiento...”''<ref>[http://www.coneau.edu.ar/archivos/447.pdf] Ley Nacional de Educación Superior - Argentina</ref>
 
En [[Colombia]] el prefijo “Dr.” se da de denominación corriente de quienes ejercen el derecho solamente con título de grado y matrícula profesional por el uso y la costumbre repetidamente y sin solución de continuidad.
 
En [[Ecuador]] y [[España]] reciben el prefijo “Lic.” pues al terminar su carrera de grado reciben el título de ''Licenciado en Leyes'' o ''Licenciado en Derecho''.
 
 
== Referencias ==