Diferencia entre revisiones de «Tribunal Constitucional (España)»
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En la actualidad, en España, se encuentra abierta una intensa polémica entre civilistas y constitucionalistas al respecto de la inclusión de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la categoría de las [[fuentes del Derecho]]. A favor de dicha inclusión se aduce que sus resoluciones crean verdaderas normas, aún en defecto de regulación estatal (p.ej. lo sucedido con el [[Servicio militar|Servicio Militar Obligatorio]] y la [[objeción de conciencia]]). De hecho, es un legislador negativo ya que puede excluir leyes y reglamentos del ordenamiento jurídico por considerarlos contrarios a la Constitución. El Tribunal Constitucional también puede innovar el Derecho a través de lo que se conoce como «Sentencias interpretativas», que indican el sentido preciso que debe tener la interpretación de una determinada norma para no ser contraria a la Constitución.
== Véase también ==
*[[Constitución]]
*[[Recurso de inconstitucionalidad]]
*[[Cuestión de inconstitucionalidad]]
*[[Recurso de amparo]]
== Enlaces externos ==
*[http://www.tribunalconstitucional.es Página web oficial del Tribunal Constitucional de España]
*[http://www.tribunalconstitucional.es/jurisprudencia/jurisprudencia.html Base de datos de jurisprudencia constitucional]
*[http://www.060.es/te_ayudamos_a/legislacion/disposiciones/24464-ides-idweb.html Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional]
[[Categoría:Organización política de España]]
[[Categoría:Constitución española de 1978]]
[[Categoría:Tribunales constitucionales|España]]
[[Categoría:Tribunales de España]]
[[Categoría:Chamberí]]
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