Diferencia entre revisiones de «Alberto López Rosas»

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Línea 14:
Presentó públicamente una “constancia de no inhabilitación”, expedida el 11 de marzo por el director general adjunto de Registro Patrimonial y de Servidores Públicos Sancionados de la SFP, René Roque Diego, “donde hace constar la no inhabilitación para ocupar cargos públicos a Alberto López Rosas”.
 
 
El H. Congreso del Estado de Guerrero, en la sesión plenaria del 11 de mayo de 2010, aprobó por unanimidad, el dictamen de la Comisión de examen previo ,emitiendo el decreto 377, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 1 de junio de 2010. en el cual encontró elementos para considerar que la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO DE GUERRERO,a cargo del C.Carlos Barcenas Aguilar,violó las garantías individuales del C. Alberto López Rosas, ex Presidente Municipal de Acapulco, recomendando al C. Gobernador del Estado Zeferino Torreblanca Galindo. de inicio a una investigación de orden administrativo, en contra del Contralor y aplique las sanciones que correspondan. LO ANTERIOR ES DERIVADO DE LA DENUNCIA QUE POR USURPACION DE FUNCIONES Y PERSECUCION POLITICA FUE PRESENTADA ANTE EL CONGRESO POR MOTIVO DE LA INHABILITACION POR TRES AÑOS AL EX EDIL ALBERTO LOPEZ ROSAS SIN EXISTIR ELEMENTOS PARA ELLO.
 
== Véase también ==