Diferencia entre revisiones de «Constitución argentina de 1853»

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Para la [[generación del '80]], los fijadores de las primeras convenciones liberales sobre la [[historiografía de Argentina|historiografía del país]], la Constitución representó un acto verdaderamente fundacional, rompiendo con el largo gobierno de [[Juan Manuel de Rosas]]; de ella rescataban sobre todo el haber establecido un régimen político liberal a la europea, aunque en el momento de su firma algunos de los más importantes representantes del liberalismo autóctono se opusieran a ella tenazmente. Para los [[Unión Cívica Radical|radicales]], de tendencia socialdemócrata, la Constitución representó un ideal político incumplido que oponer a los gobernantes del '80, perpetuados en el poder mediante el [[fraude electoral]]. A su vez, para los movimientos nacionalistas del [[siglo XX]], que criticaron las convenciones liberales y rescataron la figura de Rosas, la Constitución había representado la abrogación de la identidad nacional en aras de un liberalismo ruinoso. En sus diversos frentes, la cuestión sigue abierta, y ha inspirado varias de las más importantes obras acerca del pensamiento argentino.
 
== Antecedentes ==
=== Constitución de los Estados Unidos ===
La Constitución de 1853 se inspiró particularmente en la [[Constitución de los Estados Unidos|Constitución estadounidense]] al adoptar el modelo [[presidencialismo|presidencialista]] de esta última, así como el [[federalismo]], componente esencial del orden constitucional norteamericano. Aunque formal, es sugerente también el inicio del preámbulo argentino, que parafrasea el famoso comienzo de su equivalente estadounidense (''«Nosotros, el pueblo»''), pero subrayando el contenido estrictamente [[democracia representativa|representativo]] del sistema adoptado en Argentina: ''«Nosotros, los representantes del pueblo»''.
 
=== Proyectos constitucionales precedentes ===
El régimen legal al que se atendrían las Provincias Unidas del Río de la Plata surgidas en la [[Revolución de Mayo]], a partir del antiguo [[Virreinato del Río de la Plata]], había sido, naturalmente, una de las preocupaciones centrales desde la renuncia del último [[Virrey]]; aunque en el primer momento la preocupación, más acuciante, de hacer efectiva la soberanía por la vía de las armas —en el prolongado enfrentamiento con los ejércitos [[realistas|fieles a la Corona de España]]— soslayó momentáneamente las decisiones definitivas sobre la organización que ésta habría de cobrar, los intentos fueron consustanciales a los hitos de la organización patriótica.
 
La misma conformación de la [[Primera Junta (Argentina)|Primera Junta de Gobierno]] y su ampliación en la llamada ''[[Junta Grande]]'', que incluía los delegados provinciales, dio testimonio de la división entre los intereses de la ciudad de [[Buenos Aires]] y los de las provincias mediterráneas. En buena medida, la división se remontaba a la época colonial, en que el papel portuario de Buenos Aires la hacía titular de intereses [[comercio|comerciales]] muy distintos a los del interior artesanal y [[agricultura|agricultor]]. Sólo un pequeño caserío, Buenos Aires, se beneficiaba del tráfico de mercaderías traídas por los buques [[Reino Unido|británicos]], a los que pagaba con la exportación de los ''frutos del país'', principalmente [[cuero]] crudo y [[mineral]]es; el conflicto entre los comerciantes que importaban bienes del Reino Unido, y los fabricantes del interior que no podían competir con la potencia industrial de éste, dio lugar ya a diversos conflictos durante el [[Virreinato del Río de la Plata|Virreinato]]. Apenas declarada la independencia de la nación, se plasmaría en el carácter unitario de los primeros ordenamientos jurídicos.
 
El primer proyecto de estabilizar las sucesivas intentonas que definieron los órganos ejecutivos del poder nacional en los primeros años de organización fue la convocatoria, en [[1812]], de una Asamblea General Constituyente, con el objeto de dictar una ley fundamental para la organización nacional. La Asamblea, conocida como ''[[Asamblea del Año XIII]]'', se reunió efectivamente entre el [[31 de enero]] de [[1813]] y [[1815]]; dictó un reglamento para la administración, un Estatuto del Poder Ejecutivo, y promulgó varias normas que dirigirían la actividad legislativa en los años subsiguientes, pero se vio impedida de tratar la elaboración de una Constitución. Se presentaron ante ella cuatro proyectos: uno elaborado por la ''[[Sociedad Patriótica (Argentina)|Sociedad Patriótica]]'', otro por una comisión asesora designada por el [[Segundo Triunvirato (Argentina)|Segundo Triunvirato]], y dos anónimos; todos ellos de corte [[república|republicano]], introduciendo la división de poderes de acuerdo al formato impuesto por los teóricos de la [[Revolución francesa]], eran sin embargo fuertemente centralistas, delegando la mayoría del poder público en un [[poder ejecutivo]] central con sede en Buenos Aires.
 
Esto, sumado a la ausencia de algunos diputados provinciales, impidió que se llegara a un acuerdo al respecto. La indefinición de la Asamblea, que llevaba ya dos años de deliberaciones, fue uno de los argumentos que esgrimió en 1815 [[Carlos María de Alvear]] para proponer la creación temporal de un régimen unipersonal, el llamado [[Directorio (Argentina)|Directorio]]. La Asamblea lo promulgó, pero la vacuidad de este nombramiento, no respaldado por el control efectivo de las fuerzas civiles y militares, llevó a la continuación de las asonadas, trasladándose la tarea de elaborar un proyecto al [[Congreso de Tucumán]] de [[1816]].
 
La acción del Congreso en este sentido fue limitada, aunque fructífera en otros aspectos; suya fue la [[Declaración de independencia de la Argentina]], el [[9 de julio]] del '16, pero las deliberaciones acerca de la forma de gobierno resultaron más arduas. En su seno se oponían los pensadores de corte liberal, comprometidos con una forma republicana de gobierno, con partidarios de un régimen [[monarquía constitucional|monárquico-constitucional]]. Célebre entre estos últimos fue la propuesta de [[Manuel Belgrano]], que promovió el establecimiento de un descendiente de los [[inca]]s en el trono nacional. Los monárquicos afirmaban que era imposible erigir una república a falta de instituciones históricamente desarrolladas, y que ésta resultaría lábil e inestable, mientras que sus oponentes esgrimían precisamente la falta de prejuicios heredados como una de las razones principales para ensayar un gobierno [[democracia|democrático]].
 
El Congreso tuvo que trasladarse a Buenos Aires a comienzos de [[1817]], ante la amenaza que representaba el avance de los ejércitos realistas en el norte del país; el [[3 de diciembre]] de ese año sancionó un reglamento provisorio. Sin embargo, los delegados provinciales consideraron que el traslado estaba orientado sobre todo a asegurar el predominio porteño en la redacción final del texto constitucional, presionando sobre los congresistas.
 
En [[1819]] vieron cumplidos sus temores ante la presentación de la [[proyecto de Constitución Argentina de 1819|protoconstitución de 1819]], caracterizada por un fortísimo centralismo. No estipulaba el texto en cuestión ni siquiera el régimen electoral por el que se designaría al ''Director del Estado'', pero le garantizaba amplísimas competencias, entre ellas la de designar a los gobernadores de provincia y de proveer a todos los empleos de la administración nacional.
 
El Congreso ordenó también a San Martín y [[Manuel Belgrano]] regresar a la capital, al frente de sus respectivos ejércitos, para defender la autoridad del directorio; ambos generales, sin embargo, se negaron a acatar el mandato. San Martín detuvo a sus tropas en [[Rancagua]], en el actual territorio chileno, y dictó la llamada ''[[Acta de Rancagua]]'', en la que desconocía la autoridad del Directorio para darle semejantes órdenes; Belgrano, por su parte, pactó con las fuerzas federales de [[José Gervasio Artigas]], mientras el [[Ejército del Norte]] se sublevaba, poniéndose a las órdenes del gobernador cordobés. La tensión se resolvió finalmente en la [[batalla de Cepeda (1820)]], donde las tropas unidas de las provincias derrotaron a las del director [[José Rondeau]]. El resultado de la batalla fue el [[tratado del Pilar]], por el que se estipulaba una forma federativa de organización, en la que Buenos Aires sería una más entre las 13 provincias.
 
Derrotado por las armas, el ideal unitario siguió sin embargo vigoroso en Buenos Aires. [[Bernardino Rivadavia]], ministro del gobernador [[Martín Rodríguez]], rediseñó en términos más republicanos el proyecto de constitución del '19. Aprobado el proyecto por la Comisión de Negocios Constitucionales, creada ''ad hoc'', el [[1 de septiembre]] de [[1826]], la [[Constitución Argentina de 1826|constitución de 1826]] fue aprobado por la legislatura porteña, pero frontalmente rechazado por las restantes provincias. Los años siguientes presenciaron el ocaso temporal del unitarismo y el alza de los caudillos provinciales, regímenes [[bonapartismo|bonapartistas]]. Establecidos éstos, vieron también en el proyecto de una Constitución la posibilidad de sofrenar definitivamente la hegemonía porteña por medios administrativos; el gobernador [[provincia de Santiago del Estero|santiagueño]] [[Juan Felipe Ibarra]], el [[provincia de Córdoba (Argentina)|cordobés]] [[Mariano Fragueiro]] y el [[provincia de La Rioja (Argentina)|riojano]] [[Facundo Quiroga]] instaban, a comienzos de la [[años 1830|década del '30]], a formar una asamblea representativa presidida por Quiroga. Éste sufragó incluso los estudios de un joven [[Juan Bautista Alberdi]], de cuya pluma procederían finalmente las bases del proyecto de Constitución para el '53. La principal oposición venía de Buenos Aires, pero no de los letrados y comerciantes unitarios porteños, sino del caudillo bonaerense [[Juan Manuel de Rosas]], que aseveraba que la idea era prematura. La muerte de Quiroga en [[Barranca Yaco]] dio final a esta iniciativa, que sin embargo había logrado plasmarse en [[1831]] en el [[Pacto Federal]], suscrito inicialmente por Buenos Aires, [[Entre Ríos]] y [[provincia de Santa Fe|Santa Fe]] en [[1831]], al que se suscribirían paulatinamente las restantes provincias.
 
El [[Pacto Federal]] estipulaba la formación de una Comisión Representativa, con sede en Santa Fe, al que cada una de las provincias adheridas enviaría un representante con atribuciones para celebrar tratados de paz, hacer declaración de guerra, ordenar el levantamiento del Ejército, nombrar el general que debería mandarlo, determinar el contingente de tropa con que cada una de las provincias debería contribuir, invitar a las demás provincias a reunirse en federación y a que, por medio de un Congreso Federativo, se arreglara la administración del país, bajo el sistema federal, su comercio interior y exterior, y la soberanía, libertad e independencia de cada una de las provincias.
 
Buena parte del texto del Pacto Federal jamás se cumplió; aunque es uno de los ''pactos preexistentes'' que mencionará la Constitución del '53, no tuvo gran efecto durante los años de la hegemonía de Rosas, que insistía en la inadecuación de una Constitución prematura. Esta actitud se hizo evidente en [[1847]], cuando Alberdi, desde el exilio, invitó a los miembros de la intelectualidad exiliada a colaborar con Rosas para gestionar la deseada Constitución. Rosas no respondió siquiera a la propuesta, pero otros caudillos federales, en especial [[Justo José de Urquiza]], le darían pábulo.
 
=== Las ''Bases'' de Alberdi ===
{| class="wikitable" align="right" width="40%"
|-
|[[Archivo:Wikisource-logo.svg|25px]]<small> [[Wikisource]] tiene una copia del libro:<br />''[[s:Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina|Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina]]'' de [[Juan B. Alberdi]]</small>
|}
[[Archivo:Tumba de Juan B Alberdi (frag-2) - Recolta - Buenos Aires.JPG|thumb|150px|Estatua de [[Juan B. Alberdi]] (1810-1884) en su tumba en el [[Cementerio de la Recoleta]] en Buenos Aires. Su obra ''[[Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina]]'' fue el principal documento de trabajo de los constituyentes.]]
 
En [[1852]], el destacado jurista y pensador argentino [[Juan Bautista Alberdi]] escribió un libro que obraría como primer documento de trabajo para los [[poder constituyente|constituyentes]]: ''[[Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina]]''.
 
Las ''«Bases»'' de Alberdi están integradas por 36 capítulos y un proyecto de constitución. Fue escrita rápidamente en [[abril]] de [[1852]] para influir en las deliberaciones de la Convención Constituyente que comenzaría a reunirse en la [[Santa Fe (Argentina)|ciudad de Santa Fe]] a partir del [[20 de noviembre]] de ese mismo año. Él mismo reflexiona sobre esa situación varios años más adelante con esta palabras:
{{cita|Mi libro de las BASES es una obra de acción que, aunque pensada con reposo, fue escrita velozmente para alcanzar al tiempo en su carrera... Hay siempre una hora dada en que la palabra humana se hace carne. Cuando ha sonado esa hora, el que propone la palabra, orador o escritor, hace la ley. La ley no es suya en ese caso; es la obra de las cosas. Pero esa es la ley duradera, porque es la verdadera ley.<ref>Alberdi, Juan B. (1879). ''Páginas explicativas'' [[s:Bases:Páginas explicativas de Juan B. Alberdi|(wikisource)]]</ref>}}
 
La obra maestra de Alberdi fue y sigue siendo reiteradamente sintetizada bajo el lema de ''«gobernar es poblar»''. La frase está tomada del [[s:Bases:31|Capítulo XXXI]] y estaba directamente referido a la escasa población que por entonces habitaba la Argentina, mucho menor que la que habitaba por entonces en [[Chile]], [[Bolivia]] o [[Perú]].
 
Años después, él mismo se encargaría de precisar el significado de ese lema para cuestionar la inmigración de [[Italia|italianos]] y [[España|españoles]] que habían empezado a predominar ampliamente entre los extranjeros que se radicaban en el país.
{{cita|Gobernar es poblar en el sentido que poblar es educar, mejorar, civilizar, enriquecer y engrandecer espontánea y rápidamente, como ha sucedido en los Estados Unidos. Mas para civilizar por medio de la población es preciso hacerlo con poblaciones civilizadas; para educar a nuestra América en la libertad y en la industria es preciso poblarla con poblaciones de la Europa más adelantada en libertad y en industria... hay extranjeros y extranjeros; y que si Europa es la tierra más civilizada del orbe, hay en Europa y en el corazón de sus brillantes capitales mismas, más millones de salvajes que en toda la América del Sud. Todo lo que es civilizado es europeo, al menos de origen, pero no todo lo europeo es civilizado; y se concibe perfectamente la hipótesis de un país nuevo poblado con europeos más ignorantes en industria y libertad que las hordas de la Pampa o del Chaco.<ref>Alberdi, Juan B. (1879) ''Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina; Páginas explicativas'', [Bases:Páginas explicativas de Juan B. Alberdi|[(Wikisource)]]</ref>}}
{| class="toccolours" style="float: right; margin-left: 1em; margin-right:1em; font-size: 90%; background:#FFEFDB; color:black; width:25em; max-width:100%;" cellspacing="15"
| style="text-align: justify;"|
|-
!colspan=5|'''Población de países latinoamericanos y porcentaje sobre el total'''
|-
!
! 1850
! %
! 1930
! %
|-
|Argentina
| style="text-align: right;"|1.100.000
| style="text-align: right;"|3,5
| style="text-align: right;"|11.800.000
| style="text-align: right;"|11,1
|-
|Bolivia
| style="text-align: right;"|1.400.000
| style="text-align: right;"|4,4
| style="text-align: right;"|1.100.000
| style="text-align: right;"|1,9
|-
|Chile
| style="text-align: right;"|1.300.000
| style="text-align: right;"|4,1
| style="text-align: right;"|4.400.000
| style="text-align: right;"|4,1
|-
|Paraguay
| style="text-align: right;"|500.000
| style="text-align: right;"|1,5
| style="text-align: right;"|900.000
| style="text-align: right;"|0,8
|-
|Perú
| style="text-align: right;"|1.900.000
| style="text-align: right;"|6,0
| style="text-align: right;"|5.600.000
| style="text-align: right;"|5,3
|-
|Uruguay
| style="text-align: right;"|100.000
| style="text-align: right;"|0,3
| style="text-align: right;"|1.700.000
| style="text-align: right;"|1,6
|-
!colspan=2|<small>Fuente: Del Pozo, José<ref>Del Pozo, José (2002). ''Historia de América Latina y del Caribe (1825-2001)'', Santiago de Chile, LOM, pag. 20</ref>
|}
 
En su obra, Alberdi analiza detalladamente el derecho constitucional sudamericano, criticándolo por ser básicamente copias de las constituciones estadounidense y francesa, sin tener en cuenta las necesidades de progreso económico y material que precisaban los países sudamericanos después de la [[independencia]]. En sucesivos capítulos analiza las constituciones rioplateneses ([[s:Bases:3|Cap. III]]), [[chile]]na ([[s:Bases:4|Cap. IV]]), [[Perú|peruana]] ([[s:Bases:5|Cap. V]]), [[colombia]]na ([[s:Bases:6|Cap. VI]]), [[México|mejicana]] ([[s:Bases:7|Cap. VII]]), [[uruguay]]a ([[s:Bases:8|Cap. VIII]]) y [[paraguay]]a ([[s:Bases:9|Cap. IX]]).
 
Alberdi analiza también las nuevas constituciones de la época, como la [[california]]na ([[s:Bases:11|Cap. XI]]), a la que pone como ejemplo de su punto de vista constitucional. En el [[s:Bases:12|capítulo XII]] aborda la cuestión de ''«monarquía o república»'' defendiendo el [[presidencialismo]] como solución intermedia para las naciones [[latinoamerica]]nas:
{{cita|Se atribuye a Bolívar este dicho profundo y espiritual: «Los nuevos Estados de la América antes española necesitan reyes con el nombre de presidentes». Chile ha resuelto el problema sin dinastías y sin dictadura militar, por medio de una Constitución monárquica en el fondo y republicana en la forma: ley que anuda a la tradición de la vida pasada la cadena de la vida moderna. La república no puede tener otra forma cuando sucede inmediatamente a la monarquía; es preciso que el nuevo régimen contenga algo del antiguo;.<ref>[[s:Bases:12|capítulo XII]]</ref>}}
 
En el [[s:Bases:13|capítulo XIII]] bajo el título ''«la educación no es la instrucción»'', sostiene que las [[escuela]]s y [[universidad]]es deben ser desarrolladas de modo íntimamente relacionado con una política de [[industrialización]]. También menciona aquí que la [[religión]] debe ser parte de la educación más quedar fuera de la instrucción, sentando las bases de la [[laicismo|escuela laica]].
 
En el [[s:Bases:14|capítulo XIV]] Alberdi sostiene que los países americanos deben mirar a [[Europa]] como fuente de cultura, comercio y población, y sobre todo de futuro, en términos que llegan hasta el [[racismo]] abierto:
{{cita|¿Quién conoce caballero entre nosotros que haga alarde de ser indio neto? ¿Quién casaría a su hermana o a su hija con un infanzón de la Araucania, y no mil veces con un zapatero inglés?<br />En América todo lo que no es europeo es bárbaro: no hay más división que ésta: 1.º, el indígena, es decir, el salvaje; 2.º, el europeo, es decir, nosotros, los que hemos nacido en América y hablamos español, los que creemos en Jesucristo y no en Pillán (dios de los indígenas)... ¿De dónde le vendrá esto en lo futuro? Del mismo origen de que vino antes de ahora: de Europa.<ref>[[s:Bases:14|capítulo XIV]]</ref>}}
 
Alberdi aborda la cuestión crucial de la [[inmigración]] [[s:Bases:15|capítulo XV]], no solo para ''«poblar»'' el país, sino para reconfigurar radicalmente la mano de obra:
{{cita|Haced pasar el roto, el gaucho, el cholo, unidad elemental de nuestras masas populares, por todas las transformaciones del mejor sistema de instrucción; en cien años no haréis de él un obrero inglés.<ref name=autogenerated1>[[s:Bases:15|capítulo XV]]</ref>}}
Alberdi pensaba en una población de 50 millones de personas que debían venir espontáneamente, libremente, por las garantías que la Constitución debía dar para proteger su propiedad, su libertad, la libre circulación, la tolerancia religiosa y un amplio acceso a la tierra. Sostenía que había que facilitar la radicación de los inmigrantes en todo el país, y no solo en el litoral. Atribuía una importancia especial al [[ferrocarril]]: ''«el ferrocarril es el medio de dar vuelta al derecho lo que la España colonizadora colocó al revés en este continente»''.<ref name=autogenerated1 />
 
Se adelantaba Alberdi también a la cuestión de las diversas [[etnia]]s que traería la inmigración:
{{cita|El pueblo inglés ha sido el pueblo más conquistado de cuantos existen; todas las naciones han pisado su suelo y mezclado a él su sangre y su raza. Es producto de un cruzamiento infinito de castas; y por eso justamente el inglés es el más perfecto de los hombres, y su nacionalidad tan pronunciada que hace creer al vulgo que su raza es sin mezcla. No temáis, pues, la confusión de razas y de lenguas. De la Babel, del caos saldrá algún día brillante y nítida la nacionalidad sudamericana.<ref name=autogenerated1 />}}
 
Sin embargo Alberdi subraya una y otra vez que la población argentina debe configurarse básicamente como [[anglosajón|anglo-sajona]]:
{{cita|Con tres millones de indígenas, cristianos y católicos, no realizaríais la república ciertamente. No la realizaríais tampoco con cuatro millones de españoles peninsulares, porque el español puro es incapaz de realizarla allá o acá. Si hemos de componer nuestra población para nuestro sistema de gobierno, si ha de sernos más posible hacer la población para el sistema proclamado que el sistema para la población, es necesario fomentar en nuestro suelo la población anglo-sajona. Ella está identificada con el vapor, el comercio y la libertad, y no será imposible radicar estas cosas entre nosotros sin la cooperación activa de esa raza de progreso y de civilización.}}
 
Alberdi repasa en la ''Bases'', una a una las ''bases'' que precisaba el país para constituirse no solo jurídicamente, sino sobre todo materialmente. En capítulos sucesivos<ref>Cap. [[s:Bases:19|XIX]]-[[s:Bases:23|XXIII]]</ref> recorre las leyes principales que deberían ser sancionadas, la formación de un aparato estatal federal por encima del poder de las provincias adoptando un [[federalismo]] atenuado:
{{cita|Una provincia en sí es la impotencia misma, y nada hará jamás que no sea provincial, es decir, pequeño, obscuro, miserable, provincial, en fin, aunque la provincia se apellide Estado. Sólo es grande lo que es nacional o federal...Caminos de fierro, canales, puentes, grandes mejoras materiales, empresas de colonización, son cosas superiores a la capacidad de cualquier provincia aislada, por rica que sea. Esas obras piden millones; y esta cifra es desconocida en el vocabulario provincial.<ref name=autogenerated2>[[s:Bases:23|XXIII]]</ref>}}
 
Recomienda establecer un sistema de [[sufragio calificado]] por ''«la inteligencia y la fortuna»'';<ref name=autogenerated2 /> se opone terminantemente a la capitalización de Buenos Aires ([[s:Bases:23|Cap. XXVI:]] ''«Todo gobierno nacional es imposible con la capital en Buenos Aires»''); insiste en que los constituyentes carezcan de mandatos ([[s:Bases:29|Cap. XXIX:]]).
 
En síntesis, para Alberdi la Constitución de 1853 tenía un fin esencialmente económico, elaborada a partir de las necesidades específicas del país, partiendo de su problema esencial: la despoblación([[s:Bases:32|Cap. XXXII]]).
 
=== El clima político del '53 ===
La Constitución de 1853 se elaboró inmediatamente a la zaga de la derrota porteña en la [[batalla de Caseros]], que dejó a Urquiza al frente de los asuntos nacionales. El [[6 de abril]] de [[1852]] Urquiza se reunió con [[Vicente López y Planes]], gobernador de Buenos Aires, [[Juan Gregorio Pujol|Juan Pujol]], gobernador de [[provincia de Corrientes|Corrientes]] y representantes santafesinos, decidiendo en esa reunión llamar, en los términos del Pacto Federal de 1831, a un Congreso Constituyente para agosto del año siguiente. Se envío inmediatamente una circular a las provincias, manifestando los resultados de la reunión.
 
Sin embargo, Urquiza estaba al tanto de la fuerte oposición que la élite porteña mostraba a su liderazgo, y a cualquier intento de limitar la hegemonía de Buenos Aires sobre el resto del país. Para enfrentarla, encomendó a Pujol y a [[Santiago Derqui]] la tarea de elaborar un proyecto constitucional que resultara aceptable a los porteños; el [[5 de mayo]] se reunió con varios destacados dirigentes en Buenos Aires —entre ellos [[Dalmacio Vélez Sársfield]], [[Valentín Alsina]], [[Tomás Guido]] y [[Vicente Fidel López]]—, ofreciéndoles rescatar el proyecto de Constitución Argentina de 1826 de Rivadavia, a cambio de que respaldaran su autoridad al frente del gobierno nacional. La jugada resultó demasiado transparente, y el proyecto encontró un frontal rechazo.
 
El [[29 de mayo]] tuvo lugar la reunión definitiva con los representantes provinciales, en [[San Nicolás de los Arroyos]]. Las deliberaciones duraron dos días, y finalmente concluyeron en la firma del [[acuerdo de San Nicolás]], que otorgaba a Urquiza el directorio provisorio de la Confederación y convocaba para agosto a la realización de la Convención Constituyente, a la que cada una de las provincias enviaría dos representantes. Además de las provincias directamente representadas —Entre Ríos, por Urquiza; Buenos Aires, por López y Planes; Corrientes, por [[Benjamín Virasoro]]; Santa Fe, por [[Domingo Crespo]]; [[provincia de Mendoza|Mendoza]], por [[Pascual Segura]]; [[provincia de San Juan|San Juan]], por [[Nazario Benavídez]]; [[provincia de San Luis|San Luis]], por [[Pablo Lucero]]; Santiago del Estero, por [[Manuel Taboada]]; [[Tucumán]], por [[Celedonio Gutiérrez]]; y La Rioja, por [[Manuel Vicente Bustos]]— se atuvieron al acuerdo [[Provincia de Catamarca|Catamarca]], que designó a Urquiza como su representante, y Córdoba, [[Salta]] y [[Jujuy]], que lo ratificarían posteriormente.
 
La oposición porteña no se haría esperar; enfrentándose a López y Planes, a quien consideraban urquicista, Alsina, [[Bartolomé Mitre]], Vélez Sársfield e Ireneo Portela denunciaron el acuerdo, alegando que no se habían dado a López atribuciones para firmarlo, que el mismo vulneraba los derechos de la provincia, y que por su intermedio se otorgaban poderes despóticos a Urquiza. Los debates al respecto —conocidos como las ''[[jornadas de junio]]''— fueron vehementes, y concluyeron con la renuncia de López y Planes el [[23 de junio]] de 1852. La Legislatura eligió para reemplazarlo a [[Manuel Guillermo Pinto]], pero Urquiza hizo uso de las facultades de que lo dotaba el acuerdo para [[intervención federal|intervenir]] la provincia, disolver su legislatura y reponer a López al frente. Cuando éste volviera a renunciar, Urquiza asumió personalmente el gobierno, nombrando un consejo de estado de 15 miembros como cuerpo deliberante.
[[Archivo:Constitucion santa fe.JPG|thumb|Museo y Salón de la Jura de la Constitución, Santa Fe, Argentina.]]
El control personal de los asuntos por Urquiza duró hasta septiembre, cuando éste partió a Santa Fe para las sesiones de la Convención Constituyente, junto con los diputados electos [[Salvador María del Carril]] y [[Eduardo Lahitte]], dejando al general [[José Miguel Galán]] como gobernador provisorio. Tres días más tarde, el [[11 de septiembre]], Mitre, Alsina y [[Lorenzo Torres]] se alzaron contra las tropas de Galán y restauraron la Legislatura. El [[22 de septiembre|22 del mismo mes]] revocarían su adhesión al acuerdo, rechazarían la autoridad de Urquiza y enviarían al general [[José María Paz]] para intentar extender la revuelta al interior; no lo lograron, pero el amplio apoyo con que contaban hizo desistir a Urquiza de su intención de reprimir la revuelta, e intentó negociar con los sublevados, enviando a [[Federico Báez]] para tratar con ellos.
 
Los porteños retiraron sus diputados de la Asamblea, e instaron a las provincias a hacer lo propio. Frente a la negativa de los gobiernos provinciales, Alsina y Mitre prepararon fuerzas para atacar Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba, con el objeto de debilitar la posición de Urquiza y cuestionar su legitimidad. El [[21 de noviembre]] un ejército a las órdenes de [[Juan Madariaga]] intentó tomar por asalto la ciudad de [[Concepción del Uruguay]], pero fue rechazado por la guarnición encabezada por [[Ricardo López Jordán]], que notificó a Urquiza de la situación; el fracaso de Madariaga desbarató el intento de Paz de avanzar sobre Santa Fe, y la intención de Mitre de ganar para su causa al correntino Pujol para atacar Entre Ríos se vio frustrada por la adhesión de éste a Urquiza. Sin los representantes porteños, pero con el acuerdo de las provincias, la Convención comenzó a sesionar en noviembre de 1852.
 
== Los constituyentes ==