Diferencia entre revisiones de «Tribunal Constitucional (España)»

Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
Deshecha la edición 38777629 de Durero (disc.)
Línea 128:
En la actualidad, en España, se encuentra abierta una intensa polémica entre civilistas y constitucionalistas al respecto de la inclusión de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la categoría de las [[fuentes del Derecho]]. A favor de dicha inclusión se aduce que sus resoluciones crean verdaderas normas, aún en defecto de regulación estatal (p.ej. lo sucedido con el [[Servicio militar|Servicio Militar Obligatorio]] y la [[objeción de conciencia]]). De hecho, es un legislador negativo ya que puede excluir leyes y reglamentos del ordenamiento jurídico por considerarlos contrarios a la Constitución. El Tribunal Constitucional también puede innovar el Derecho a través de lo que se conoce como «Sentencias interpretativas», que indican el sentido preciso que debe tener la interpretación de una determinada norma para no ser contraria a la Constitución.
 
== Situación Actual==
En la actualidad el Tribunal lleva 4 años sin emitir sentencia sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña, a pesar de ser el primero en reformarse, respaldado por más del 90% del Parlamento de Cataluña, por mayoría absoluta de las Cortes Generales y en referendum por el pueblo catalán
 
Además, 4 de los magistrados llevan 3 más del que debieran en el cargo debido al bloqueo ejercido por el Partido Popular.
== Véase también ==
*[[Constitución]]