Diferencia entre revisiones de «Entidad local menor»

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'''Entidad Local Menor''' es el equivalente en muchasalgunas comunidades autónomas de [[España]] ([[Aragón]],[[Andalucia]] [[Castilla y León]],[[Cataluña]], [[Extremadura]],[[Galicia]],[[ Madrid]],[[País vasco]] etc,.) [[En todo el estado español existe mas de 3000 Entidades Locales Menores]],a lo que la legislación española define como [[Entidad de ámbito territorial inferior al municipio]], y que en otras comunidades españolas se le conoce con el nombre de [[Entidad Local Autónoma]] ([[Andalucía]]), [[Entidad municipal descentralizada|Entidad Municipal Descentralizada]] ([[Cataluña]]) o [[pedanía]] ([[Comunidad Valenciana]], [[Región de Murcia]]). Las Entidades Locales Menores tienen personalidad y capacidad jurídica plena para el ejercicio de las competencias que la legislación les reconoce en cada caso.
 
== Necesidad ==