Diferencia entre revisiones de «Jesús de Polanco»

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Consiguió la licencia de televisión para su canal de televisión de pago [[Canal+]] de una manera polémica, pues el concurso público ofertaba sólo dos licencias para emitir en abierto, y el ministerio añadió una tercera licencia para televisión de pago que es la que se le concedió a dicho canal.
 
El grupo también ha recibido críticas por aspectos como el [[Sociedad Española de Radiodifusión#Litigios sobre Antena 3 de Radio|litigio en torno a Antena 3 Radio]] o la fusión entre [[Canal Satélite Digital]] (propiedad de [[PRISA]]) y [[Vía Digital]] (cadena creada por [[Telefónica]], a iniciativa del gobierno del [[PP]] para, junto con la que se llamó «guerra de los descodificadores»,<ref>«[http://www.iceta.org/pj240307.pdf La guerra de Aznar contra PRISA]», artículo de [[Joaquín Prieto]] en [[El País]], [[24 de marzo]] de [[2007]].</ref> tratar de restar abonados a Canal Satélite Digital) que dio lugar a la actual [[Digital+]], llevada a cabo durante la segunda legislatura del [[Partido Popular]], tras el rotundo fracaso económico de Vía Digital. Durante esta etapa, un grupo de periodistas conservadores encabezado por [[Jaime Campmany]] se confabularon con el juez [[Javier Gómez de Liaño]] para abrir un proceso en contra Polanco, acusándole de estafa y apropiación indebida. El juez llegó a impedir la salida a Polanco de [[España]] y a imponerle una fianza de 200 millones de [[peseta]]s para no entrar en la [[cárcel]]. La denuncia fue finalmente sobreseída y Gómez de Liaño condenado por [[prevaricación]] por el [[Tribunal Supremo de España|Tribunal Supremo]].<ref>[http://www.elmundo.es/nacional/sentencialiano/ Texto de la sentencia 2/1999], de [[15 de octubre]] de [[1999]], en elmundo.es.</ref> Gómez de Liaño fue posteriormente indultado por el gobierno de [[José María Aznar]]. Más adelante el [[Tribunal Europeo de Derechos Humanos]] determinó que Gómez de Liaño no había tenido un juicio imparcial por parte de los tribunales españoles. No obstante, el tribunal no le absolvió de los delitos por los que fue condenado ni anuló las sentencias del Tribunal Supremo ni del Constitucional al carecer de competencias para ello, limitándose a imponer al Estado una multa de 5.000 euros, en concepto de "daños morales". Es una constante en la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo que el mismo no tiene atribuciones para anular normas, actos administrativos, ni sentencias judiciales, limitándose sus competencias examinar y declarar la vulneración de los derechos recogidos en el Convenio por parte de los estados parte, y en su caso a conceder a la parte perjudicada una satisfacción equitativa.
 
En [[2005]], ya con el gobierno de [[José Luis Rodríguez Zapatero]] ([[PSOE]]), su grupo mediático cursó una petición formal al Gobierno para la modificación de la licencia de emisión de [[Canal+]], que fue concedida, no sin levantar las críticas del resto de cadenas televisivas como [[Tele 5]] o [[Antena 3]], pues lo consideraban un trato de favor por parte del Gobierno a la cadena del grupo de Jesús de Polanco, y gracias a la cual dicho grupo dispuso, a partir de [[noviembre]] de dicho año, de una cadena de televisión en abierto, el canal [[Cuatro (televisión)|Cuatro]].