Diferencia entre revisiones de «Mar chileno»

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== Clasificación del Territorio Marítimo Chileno ==
[[Archivo:Sea of Chile.jpg|thumb|250px|Mar de Chile.]]
# [[Mar territorial|ondeMar Territorial]]: corresponde a las primeras 12 [[millas marinas]] desde las respectivas [[Línea de base (derecho del mar)|líneas de base]], y constituye una proyección del territorio continental o insular por lo que el estado ejerce soberanía con pleno derecho, y es de [[dominio público|dominio nacional]], sólo se permite [[paso inocente|navegación inocente]], que no produzca daño. Abarca unos 100.000 [[km²]]. Las aguas situadas en el interior de las líneas de base del mar territorial forman parte de las [[aguas interiores|Aguas Interiores del Estado]].
# [[Zona contigua]]: son las 12 millas marítimas contadas desde el borde externo del mar territorial, es una zona donde el Estado tiene facultades en materias de prevención y sanción de la infracción de sus [[ley]]es y [[reglamento]]s [[aduana|aduaneros]], [[derecho fiscal|fiscales]], de [[inmigración]] o [[sanidad|sanitarios]].
# [[Zona económica exclusiva]] o Mar Patrimonial: esta zona se extiende desde los 188 millas marinas más allá de la línea de término del mar territorial. Allí el Estado chileno tiene derecho exclusivo sobre la exploración, explotación, conservación y administración de los [[recurso natural|recursos]] vivos y no vivos del agua suprayacente al lecho marino, del lecho y el subsuelo del mar. Comprende unos 3.000.000 km² aproximadamente.
# [[Mar Presencial]]: es una zona del Alta Mar en donde el Estado de Chile adquiere obligaciones por [[tratado internacional|acuerdos internacionales]]. La Ley chilena N° 19.080, de [[1991]], lo define como "'aquella parte de la alta mar, existente para la comunidad internacional entre el límite de nuestra zona económica exclusiva continental y el meridiano que, pasando por el borde occidental de la plataforma continental de la Isla de Pascua, se prolonga desde el paralelo del hito N° 1 de la línea fronteriza internacional que separa Chile y Perú, hasta el [[Polo Sur]]''".<ref>[http://sil.senado.cl/docsil/ley940.txt Ley Nº 19.080]</ref> Es una zona donde no existe reclamo o ejercicio de [[soberanía]], sino una simple declaración unilateral de intereses de Chile sobre la [[Alta Mar]] circundante a su soberanía marítima, sin desconocer la situación jurídica de los espacios marítimos que la integran. Respecto de ella, fundamentalmente sólo se pretende participar en las actividades económicas que allí se realicen y estar presente en las actividades científicas de otros estados, en el marco de libertades de la Alta Mar, de acuerdo a la [[Convención del Mar]].<ref>[http://www.ugm.cl/pacifico/monograf/marpres.htm La teoría del mar presencial]</ref>
 
[[Archivo:DuskyDolphin.jpg|thumb|250px|[[Lagenorhynchus obscurus|Delfín oscuro]], especie protegida por ley en Chile.]]
 
PENE
 
== Notas ==