Diferencia entre revisiones de «Empresa Individual de Responsabilidad Limitada»

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=== Chile ===
 
La constitución de estas empresas se realiza por [[escritura pública]], la que debe inscribirse en extracto en el Registro de Comercio y publicarse en el ''[[Diario Oficial de Chile|Diario Oficial]]''.<ref name=Leychile>{{cita web|url=http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=207588|título=Ley 19 857 que regula la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada|fechaacceso=9 de diciembre de 2014|obra=[[Biblioteca del Congreso Nacional de Chile]]}}</ref> La administración corresponde al titular de la empresa, quien la representa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, con todas las facultades de administración y disposición.
La administración corresponde al titular de la empresa, quien la representa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, con todas las facultades de administración y disposición.
La empresa responde exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos su patrimonio y su titular debe responder con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte que se hubiere comprometido a realizar en conformidad al acto constitutivo y sus modificaciones. Sin embargo, el empresario individual debe responder ilimitadamente con sus bienes, en los siguientes casos:<ref name=Leychile />
 
La empresa responde exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todostodo su patrimonio y su titular debe responder con su patrimonio sólosolo del pago efectivo del aporte que se hubiere comprometido a realizar en conformidad al acto constitutivo y sus modificaciones. Sin embargo, el empresario individual debe responder ilimitadamente con sus bienes, en los siguientes casos:<ref name=Leychile />
# Por los actos y contratos efectuados fuera del objeto de la empresa, para pagar las obligaciones que emanen de esos actos y contratos.
# Por los actos y contratos que se ejecutaren sin el nombre o representación de la empresa, para cumplir las obligaciones que emanen de tales actos y contratos.