Diferencia entre revisiones de «Junta Administradora Local (Colombia)»

Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Línea 7:
# Distribuir y apropiar las partidas globales que se asignen en el presupuesto anual del Distrito Capital a las localidades teniendo en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de su población.
# Vigilar y controlar, la prestación de los servicios distritales en su localidad y las inversiones que en ella se realicen con recursos públicos.
# Cumplir las funciones que en materia de servicios públicos, construcción de obras y ejercicio de atribuciones administrativas que
les asignen la ley y les deleguen las autoridades nacionales.
# Promover la participación y veeduría ciudadana en el manejo y control de los asuntos públicos.
# Ejercer las demás funciones que les asignen la constitución, la ley, los acuerdos distritales y los decretos del [[Alcalde mayor de Bogotá|Alcalde Mayor]].<ref name="ley13694"/>