Diferencia entre revisiones de «Consejo Nacional de Áreas Protegidas (Guatemala)»

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[[Archivo:CONAP, IPM, Centro Histórico, Ciudad de Guatemala - panoramio.jpg|thumb|Edificio IPM en Guatemala, sede de CONAP.]]
 
El '''Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP)''' es una entidad gubernamental con personalidad jurídica que depende directamente de la [[Presidente de la República de Guatemala|Presidencia de la República]], es conocido como el órgano máximo de dirección y coordinación del [[Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas|Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas (SIGAP)]] creado por la misma ley (Ley de Áreas Protegidas, Dto. No. 4-89 del[[Congreso de la República de Guatemala]]), con jurisdicción en todo el territorio nacional, sus costas marítimas y su espacio aéreo. Tiene autonomía funcional y su presupuesto está integrado por una asignación anual del Estado y el producto de las donaciones específicas particulares, países amigos, organismos y entidades internacionales.<ref>Se encuentra reglamentado por la Ley de Áreas Protegidas (Decreto 4-89 del Congreso de la República)</ref><ref name="conap_ley">{{cita web |autor= |título=Decreto 04-89 - Ley de Areas Protegidas |url=http://www.conap.gob.gt/Members/admin/documentos/documentos-centro-de-documentacion/legislacion-ambiental/Ley%20de%20Areas%20Protegidas%20Decreto%204-89-2.pdf/view|editorial=Diario de Centro América, CCXXXV-64-1577 |fecha=10 de febrero de 1989 |fechaacceso=20 de junio de 2011 |urlarchivo=httphttps://web.archive.org/web/20111008161317/http://www.conap.gob.gt/Members/admin/documentos/documentos-centro-de-documentacion/legislacion-ambiental/Ley%20de%20Areas%20Protegidas%20Decreto%204-89-2.pdf/view|fechaarchivo=308 de noviembreoctubre de 20152011}}</ref>
 
== Integración ==