Diferencia entre revisiones de «Ministerio de Transporte (Argentina)»

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== Atribuciones ==
ARTICULOEl artículo 21.- Competede la Ley de Ministerios indica que le compete al MINISTERIOMinisterio DEde TRANSPORTETransporte, asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial y marítimo, y, a la actividad vial.
 
En particular, tendrá a su cargo:
Línea 66:
1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
 
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODERPoder EJECUTIVOEjecutivo NACIONALNacional.
 
3. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.
Línea 94:
15. Entender en la elaboración y ejecución de la política de transporte de carga reservada para la matrícula nacional.
 
16. Entender en la administración, coordinación y ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADOEstado NACIONALNacional en las empresas de transporte.
 
17. Entender en la organización, dirección y fiscalización del registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las empresas vinculadas al sector transporte.