Diferencia entre revisiones de «Contrato de arrendamiento»
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* '''Arrendamiento''' (locación de cosas o ''locatio conductio rei'' ): éste crea un vínculo personal, por virtud del cual puede exigir el arrendatario, el uso y disfrute de aquellas, en tanto pesa sobre este la obligación de pagar la merced convenida.
* '''[[Contrato de prestación de servicios|Prestación de servicios]]''' (locación de servicios o ''locatio conductio operarum''): en éste el
* '''[[Arrendamiento de obra]]''' o '''locación de obras''' (''locatio conductio operis''): en este contrato una persona se compromete con otra a realizar una obra o un trabajo determinado mediante el pago de un precio. Esto recae sobre el resultado de un trabajo, sobre el producto del mismo, ya acabado. Ejemplo: la confección de un traje o la construcción de una casa.
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