Diferencia entre revisiones de «Derecho procesal civil»

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Línea 56:
=== Chile ===
 
En la [[República de Chile]], el procedimiento civil está regulado por el Código de Procedimiento Civil, y otras leyes especiales, que empezó a regir el 1 de marzo del añode 1903. El año 1942 sufrió una importante modificación legal. Este código se divide en 4 libros: Libro I, sobre Disposiciones comunes a todo procedimiento; el Libro II sobre Juicio Ordinario, el Libro III sobre Juicios Especiales, y el Libro IV de los Actos Judiciales No Contenciosos; en 925 artículos.
 
El año 2009, bajo la presidencia de M. Bachelet, se presenta un Proyecto de nuevo Código Procesal Civil, que pretende reemplazar la actual normativa. El gran cambio que propone este nuevo Código se sustenta en la instalación de un sistema oral, con inmediación y concentración de los actos del proceso, poniendo término a un sistema profundamente escriturado. El año 2010, bajo la presidencia de S. Piñera, se asume el compromiso de sacar adelante este Proyecto y se nombra una Comisión asesora que se encuentra revisando y perfeccionando la propuesta recogida en el Proyecto.
Línea 62:
=== Honduras ===
 
En Honduras el Código procesal civil entra en vigencia el día 1 de noviembre de 2010, saliendo de un sistema formalista a un proceso más práctico en su funcionamiento e impartición de la justicia en el país, entrando a la oralidad de los juicios civiles, tomando como referencia la LEC de España, tardando cinco años para entrar en vigencia se espera que en el primera año su funcionamiento sea lo esperado por las autoridades judiciales encargada de su activación y desempeño de la misma.
 
== Véase también ==