Diferencia entre revisiones de «Cuatrimoto»

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Línea 116:
En España cualquier máquina agrícola que se ponga en el mercado debe cumplir el RD 1644/2008, llevar el marcado CE y declaración de conformidad para su uso en las tareas agrícolas. Hasta ahora no existen en el mercado ningún ATV o quad que cumpla esas condiciones, por lo que su uso en la realización de tareas agrícolas no está permitido, principalmente por el riesgo de vuelco trasero y lateral, no llevando ninguna protección antivuelco, no siendo fácil instalarles una estructura de protección y cinturón de seguridad.
 
La Comisión Europea ha ratificado que los ATV en ningún caso pueden ser considerados tractores agrícolas. Habría que publicar una normativa aplicable a estos vehículos para su uso agrícola que tenga en cuenta los riesgos y medidas preventivas, por ejemplo velocidad máxima, utilización obligatoria de casco, etc.<ref>{{Enlace roto|1={{cita web
|título = SITUACIÓN ACTUAL DE LA SEGURIDAD DE LOS TRACTORES Y MÁQUINAS AGRÍCOLAS
|url = http://congreso.agroprevencion.com/ivcongreso/archivos/2010/06/ponce.pdf
}} |2=http://congreso.agroprevencion.com/ivcongreso/archivos/2010/06/ponce.pdf |bot=InternetArchiveBot }}</ref>
}}</ref>
 
== Cuatrimotos eléctricas ==