Diferencia entre revisiones de «Sangüesa»

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Línea 594:
;Competencias municipales
 
El artículo 42 de la ''Ley General de Sanidad'' dispone que, los Ayuntamientos, sin perjuicio de las competencias de las demás Administraciones Públicas, tendrán las siguientes responsabilidades mínimas en asuntos relacionados con la Sanidad.<ref>{{Enlace roto|1={{cita web
|url = http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1986/10499
|título = LEY 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Artículo 42
|editor = boe.es
|fechaacceso = 12 de enero de 2010
}} |2=http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1986%2F10499 |bot=InternetArchiveBot }}</ref>
}}</ref>
* a) Control sanitario del medio ambiente: [[contaminación atmosférica]], [[Agua potable|abastecimiento de aguas]], saneamiento de [[aguas residuales]], [[basura|residuos urbanos e industriales]].
* b) Control sanitario de industrias, actividades y servicios, transportes, [[Ruido (sonido)|ruidos]] y vibraciones.
Línea 778:
== Cultura ==
=== Entidades culturales ===
En Sangüesa aparecen las siguientes entidades culturales registradas por su ayuntamiento.<ref>{{cita web|título=Entidades culturales de Sangüesa|url=http://www.sanguesa.es/es/lugarygente/organizaciones/culturales/|fechaacceso=21 de marzo de 2012|editor=Ayuntamiento de Sangüesa|urlarchivo=https://web.archive.org/web/20120620171551/http://www.sanguesa.es/es/lugarygente/organizaciones/culturales/|fechaarchivo=20 de junio de 2012}}</ref>
* '''Asociación Horizonte'''
* '''Auroros'''