Diferencia entre revisiones de «Reforma constitucional argentina de 1994»

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== Debate sobre la inconstitucionalidad parcial de la reforma ==
 
Diversos cuestionamientos se han realizado a la reforma constitucional de 1994. El de mayor trascendencia institucional es la declaración de nulidad parcial de la Constitución, dispuesta en los casos de los miembros de la Corte Suprema [[Carlos Fayt]] (1999) y [[Elena Highton de Nolasco]] (2017), resueltos por la Corte Suprema en el primer caso, y en el segundo caso por un juez de primera instancia en sentencia definitiva, enpor elfalta segundode casoapelación del Estado.<ref>{{cita web|url=https://www.infobae.com/opinion/2017/02/10/de-fayt-a-highton-de-nolasco-reformas-constitucionales-y-cargos-vitalicios/|obra=Infobae|fecha=10 de febrero de 2017|título=De Fayt a Highton de Nolasco: reformas constitucionales y cargos vitalicios|nombre=Andrés |apellido=Gil Domínguez}}</ref> En ambos casos el Poder Judicial resolvió que la reforma constitucional que estableció el límite de edad para los jueces en 75 años (art. 99, inciso 4) era inconstitucional y nula de nulidad absoluta, debido a que la Ley 24.309, que declaró la necesidad de la reforma, no habilitó la reforma del carácter vitalicio del mandato de los jueces.<ref name="Fayt-Sabsay">{{cita publicación|url=https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/1976197.pdf|nombre=Daniel|apellido=Sabsay|título=El control de constitucionalidad de la reforma constitucional en un fallo de la Corte Suprema de Justicia argentina|publicación=Justicia Constitucional|ubicación=Buenos Aires|número=3|año=1999|issn=1138-4824}}</ref>
 
Los casos «Fayt» y «Highton de Nolasco» abrieron la posibilidad de que otras normas de la Constitución pudieran ser declaradas inconstitucionales por los jueces.