Diferencia entre revisiones de «Reforma constitucional argentina de 1994»

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→‎Equilibrio fiscal entre el poder central y las provincias: Ciudad de Buenos Aires, la palabra ciudad va con mayúscula en ese caso puesto que así es su título "Ciudad de Buenos Aires" o "Ciudad Autónoma de Buenos Aires", según su propia 'Consititución provincial'
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Línea 214:
=== Equilibrio fiscal entre el poder central y las provincias ===
 
Una de las ideas fuerza de la reforma fue acentuar la descentralización del poder con el fin de corregir la deformación económica y demográfica del país, que llevó a que la población y la riqueza se concentraran en la [[Ciudad de Buenos Aires]] y sus [[Gran Buenos Aires|alrededores]], generando una enorme desigualdad estructural.<ref>{{cita web|url=http://www.acaderc.org.ar/doctrina/articulos/artfederalismoadiezanosreformaconstitucional/at_download/file|título=El Federalismo a diez años de la reforma constitucional de 1994|nombre=Antonio M.|apellido=Hernández|obra=Universidad Nacional de Córdoba|editorial=Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba|año=2004}}</ref> Ese objetivo se incluyó expresamente en el texto constitucional, en el nuevo artículo 75, inciso 2, dedicado a las atribuciones del Congreso en materia fiscal:
 
{{cita|La distribución entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires y entre éstas, se efectuará en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas contemplando criterios objetivos de reparto; será equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.|Art. 75, inciso 2}}