Diferencia entre revisiones de «Remensa»

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{{cita|''Que sea suprimido el derecho de maltratar al payés.''
Item, en muchas partes de dicho principado de Cataluña algunos señores pretenden y observan que los dichos payeses pueden justa o injustamente maltratados a su entero talante, mantenidos en hierros y cadenas y aun reciben golpes. Desean y suplican dichos payeses sea suprimido y no puedan ser maltratados por sus señores, sino por mediación de la justicia.|''Capítulos del proyecto de concordia entre los payeses de remesa y sus señores (1462), apud'' E. Hijonosa: ''El régimen señorial, la cuestión agraria en Cataluña durante la Edad Media, pp. 366-68.''<ref>{{cita libro|apellidos1=Artola|nombre1=Miguel|título=Textos fundamentales para la Historia|fecha=1982|editorial=Alianza Universidad|ubicación=Madrid|isbn=84-206-8009-5|página=79|edición=Séptima}}</ref>}}
 
=== La intervención de la monarquía en el conflicto remensa ===
La monarquía comienza a interesarse en el problema remensa y a contactar con su movimiento a partir de 1388 bajo el reinado de [[Juan I de Aragón]]. En ese año los remensas se dirigen al monarca exponiéndole que «el tiempo de la [[servidumbre]], o sea de pagar [[exorquia]], [[intestia]], [[cogucia]] y otros derechos ya había pasado».{{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=42; 45-46}} Será la reina [[María de Luna]], esposa de [[Martín I el Humano]], quien enjuiciará de forma más negativa la situación de los remensas recurriendo a expresiones como «execrables y abominables servidumbres», «malas y detestables costumbres», «el estado y condición peores, más opresivos y viles que sufren en el mundo hombres oprimidos por el yugo de la servidumbre», «males injustos, usos ignominiosos contra Dios y la justicia», «servidumbre no debida de cristiano a cristiano y mucho menos honesta», «mácula de la patria» e «infamia de la nación catalana».{{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=46-47}} Para intentar acabar con esta situación la reina escribe al Papa [[Benedicto XIII de Aviñón|Benedicto XIII]] al que pide que otorgue una [[bula]] que ponga fin a tan «pestíferas y reprobadas servidumbres» en los [[señorío eclesiástico|señoríos eclesiásticos]], siendo transformadas en [[contrato de censo|censos]] perpetuos a pagar por los campesinos beneficiados, pero la bula papal nunca fue promulgada.{{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=47-48|ps=”Sorprende la justeza de este proyecto, puesto que éstas son en líneas generales, las mismas bases que ochenta años más tarde triunfarán en la [[Sentencia Arbitral de Guadalupe]] y que en el transcurso de todo el siglo serán mantenidas por la monarquía y la corte como solución adecuada al pleito agrario. Pero la resistencia de los propietarios (eclesiásticos, nobles y ciudadanos) será igualmente tenaz y decidida”}}
 
Según Jaume Vicens Vives, «el interés de la monarquía por la causa remensa respondía a razones de alto valor moral, a presiones e instancias de los propios payeses, y, finalmente, a su posición política frente a los [[señor feudal|señores jurisdiccionales]]». En este último sentido destaca Vicens el hecho de que en la comisión constituida por Martín I el Humano en Gerona en 1399 para devolver a la jurisdicción real aquellos señoríos que no estuvieran debidamente otorgados figuraran dos payeses de remensa. «Coincidencia ésta muy sugestiva sobre la reciprocidad de los intereses del monarca y de los adscritos al terruño», concluye Vicens.{{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=48-49}}
 
[[Alfonso el Magnánimo]] continuó con la política filoremensa de la monarquía. Permitió la formación de un sindicato, el Gran Sindicato Remensa autorizado en julio de 1448, para que los campesinos pudieran reunirse para tratar la supresión de los malos usos y nombrar síndicos que los representaran, además de recaudar la cantidad de 100.000 [[florín aragonés|florines]] que serían entregados al tesoro real ―un ''tall'' (derrama) de tres florines por cada ‘’[[mas]]’’―. Las reuniones se realizarían bajo la presidencia de un oficial real que daba cobertura legal a la asamblea y también garantizaba su seguridad.{{Harvnp|Batlle|2007|pp=746-747}}{{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=51-52}}{{Harvnp|Alcalá|2010|p=25-27}}{{Harvnp|Rotger|Casals|Gual|2011|p=28-29}} Esta decisión se produjo después de la visita que hicieron en mayo de ese año a la lugarteniente de Cataluña, la reina [[María de Castilla (reina de Aragón)|María]], cuatro síndicos de los remensas de Gerona en la que le ofrecieron 60.000 florines por la intervención de la monarquía en su emancipación. Como ha destacado, [[Jaume Vicens Vives]], la autorización del sindicato remensa fue una media «decisiva, puesto que por primera vez la Corona daba carácter legal a las reivindicaciones de los payeses» y «asimismo, ofrecía la posibilidad de encauzarlas pacíficamente».{{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=51}}
 
La decisión de la Corona fue muy mal recibida por los señores que intentarán impedir las reuniones de los remensas y hacer fracasar la iniciativa de la monarquía de lograr una salida pacífica al conflicto, en lo que encontraron la plena colaboración de las instituciones catalanas que controlaban como la [[Diputación del General de Cataluña]] o Generalitat y el [[Consejo de Ciento]] de la ciudad de Barcelona ― Barcelona era propietaria de las baronías de [[Montcada i Reixach|Montcada]], [[Tarrasa]] y [[Sabadell]] que poseían payesías remensas―. Los diputados de la Generalitat llegaron a afirmar que existía un plan remensa «detestable y diabólico» de ofrecer el Principado al rey de Francia o a [[Renato de Anjou]] si el rey Alfonso no satisfacía sus aspiraciones. {{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=53-55}} Por su parte los remensas, que llegaron a integrar en su sindicato a unos 20.000 hogares, presentaron en 1450 un requerimiento a la Corona para que los liberara de la servidumbre y de los malos usos («demanant per aquella [la Corona] de la dita servitud e mals usos esser deslliurats»). Entonces los señores se aprestaron a defenderse «contra tan gran daño y perjuicio de todos».{{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=55-56}}
 
En 1454 Alfonso el Magnánimo nombró nuevo lugarteniente de Cataluña a su hermano [[Juan II de Aragón|don Juan]], rey de Navarra. Este continuó con la política filoremensa lo que le enfrentó con los señores laicos y eclesiásticos de la [[Cataluña vieja]] también representados en las Cortes.{{Harvnp|Batlle|2007|pp=760-761; 764}} El 5 de octubre del año siguiente Alfonso el Magnánimo, probablemente aconsejado por su hermano, dictó desde Nápoles una sentencia interlocutoria por la que suspendía temporalmente la prestación de los malos usos y servidumbres, aunque sin llegar a resolver el fondo del asunto.{{Harvnp|Batlle|2007|p=747}}{{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=56-58}}{{Harvnp|Alcalá|2010|p=27}}{{Harvnp|Rotger|Casals|Gual|2011|p=26}}
 
[[Juan II de Aragón]] siguió con la política filoremensa llevada a cabo por los soberanos anteriores incluso cuando se produjo el enfrentamiento con las instituciones catalanas en la [[revolución catalana de 1460-1461]] y cuando tras la muerte del príncipe [[Carlos de Viana]] en septiembre de 1461 le sucedió al frente de la lugartenencia de Cataluña la reina [[Juana Enríquez]] en nombre del «primogénito» el príncipe [[Fernando el Católico|Fernando]]. En diciembre de 1461 la reina Juana ordenaba a los señores, tanto laicos como eclesiásticos, que acataran las disposiciones que habían dejado en suspenso las prestaciones debidas por los malos usos, mientras que al mismo tiempo ordenaba a los remensas que hicieran efectivos los pagos que debían como arrendatarios de las tierras ya que muchos se negaban a hacerlo, justificándolo algunos de ellos con la proclama de que «cualquier oficial o persona que les exigiera censos, ''tascas'' u otro cualquier derecho correspondiente a vasallo deseaba mal al senyor rey».{{Harvnp|Vicens Vives|1978|p=73-74}}
 
==Referencias==