Diferencia entre revisiones de «Emplazamiento judicial»

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Línea 35:
===España===
El art. 404 de la [[Ley de Enjuiciamiento Civil]] (LEC), titulado "Admisión de la demanda, emplazamiento al demandado y plazo para la contestación", señala lo siguiente:
{{cita|1. El Letrado de la Administración ( anteriormente conocido como Secretario judicial), examinada la demanda, dictará decreto admitiendo la misma y dará traslado de ella al demandado para que la conteste en el plazo de veinte días.<br>
2. El Secretario judicialLetrado de la Administración, no obstante, dará cuenta al Tribunal para que resuelva sobre la admisión en los siguientes casos:<br>
1) cuando estime falta de jurisdicción o competencia del Tribunal o<br>
2) cuando la demanda adoleciese de defectos formales y no se hubiesen subsanado por el actor en el plazo concedido para ello por el Secretario judicial.<br>