Diferencia entre revisiones de «Citación como Distinguido»

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Únicamente pueden recibir esta recompensa los miembros de las [[Fuerzas Armadas de España|Fuerzas Armadas]] y de la [[Guardia Civil]], en los casos en que éstos últimos desarrollen actividades de naturaleza militar. La Citación como Distinguido es otorgada por el [[Ministro de Defensa de España|Ministro de Defensa]] en base al expediente de concesión que le es remitido, sin embargo, es posible, en los casos facultados por el ministro, que los mandos operativos o nivel equivalente también la concedan.
 
La resolución en virtud de la cual se otorga la Citación como Distinguido en la Orden General tiene que aparecer publicada en el ''Boletín Oficial del Ministerio de Defensa'' y en la ''Orden General Interna'' del Cuartel General del [[Ejército de Tierra de España|Ejército de Tierra]], de la [[Armada Española|Armada]] o del [[Ejército del Aire de España|Ejército del Aire]].
el ''Boletín Oficial del Ministerio de Defensa'' y en la ''Orden General Interna'' del Cuartel General del [[Ejército de Tierra de España|Ejército de Tierra]], de la [[Armada Española|Armada]] o del [[Ejército del Aire de España|Ejército del Aire]].
 
El personal recompensado con la Citación como Distinguido obtiene derecho a:
 
El personal recompensado con la Citación como Distinguido obtiene derecho a:
#Que le sea considerada su posesión como mérito ordinario en las evaluaciones realizadas al personal militar y en el acceso a la enseñanza militar.
#Recibir la correspondiente cédula acreditativa de concesión y su anotación en la documentación militar o administrativa.
#Obtener la calificación de «''valor reconocido''» en su hoja de servicios.
#Llevar anexo el tratamiento de ''Señoría'' o ''Señor'' o ''Señora''.
 
== Véase también ==
* [[Órdenes, condecoraciones y medallas de España]]
 
== Fuentes ==
* [http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-17107 Real Decreto 1040/2003, ''de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares'']. [[Boletín Oficial del Estado|BOE]] Nº 213 (05/09/2003)
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