Diferencia entre revisiones de «Recurso de amparo (España)»

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Línea 3:
su interposición directa cuando la violación provenga del Poder Legislativo.
El plazo para la interposición del recurso de amparo contra decisiones parlamentarias es de tres meses. Los plazos para la interposición del recurso de amparo contra decisiones gubernativas o administrativas y del recurso de amparo contra decisiones judiciales es de veinte y treinta días, respectivamente, desde la notificación de la resolución que pone fin a la vía judicial previa.
<ref name=ed >{{cita publicación |apellidos= Espinosa Díaz|nombre=Ana |enlaceautor= |año= |título=El recurso de amparo: problemas antes, y después, de la reforma |publicación=InDret Revista para el análisis del Derecho |volumen=|año=2010 |número= |páginas= |ubicación= |editorial= |issn= |url=http://www.indret.com/pdf/722_es.pdf |fechaacceso=14 de noviembre de 2016}}</ref>
 
==Regulación==
Línea 23:
 
==Legitimación==
Están legitimados para interponer recurso de amparo constitucional:<ref>{{cita libro |apellido= Agudo Zamora |nombre= Miguel | apellido2= Álvarez-Ossorio Micheo | nombre2=Fernando | apellido3= Cano Bueso, | nombre3=Juan | número-autores=32 |título=Manual de Derecho Constitucional |año= 2014 |editorial= Tecnos |ubicación= Madrid |isbn= 978-84-309-6319-5 |página=413}}</ref>
* Las personas directamente afectadas o las partes en el proceso judicial previo;
* El [[Ministerio Fiscal]];
* El [[Defensor del Pueblo (España)|El Defensor del Pueblo]].
 
==Suspensión del acto recurrido==