Diferencia entre revisiones de «Ejército de Chile»

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|Grado||''[[General de Ejército|General de<br>Ejército]]''||''[[General de División|General de<br>Divisióndivisión]]''||''[[General de Brigada|General de<br>Brigadabrigada]]''||''[[Brigadier]]''||''[[Coronel]]''||''[[Teniente Coronel|Teniente<br>Coronelcoronel]]''||''[[Mayor]]''||''[[Capitán]]''||''[[Teniente]]''||''[[Subteniente]]''||''[[Alférez]]''
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|Abreviatura||GDE||GDD||GDB||BGR||CRL||TCL||MAY||CAP||TTE||STE||ALF
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|Años de Carrera||<ref group=nota name="ReferenceA">Solo alcanzable por los Oficiales de Infantería, Artillería, Caballería Blindada, Ingenieros y Telecomunicaciones (DFL-1, Chile, "ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS" Artículo 5º. Número I letra A) y que han sido nombrados por el Presidente de la República como Comandante en Jefe del Ejército de acuerdo a la Constitución.</ref>
||<ref group=nota name="ReferenceB">Solo alcanzable por los Oficiales de Escalafón o especialidad de Armas que son Infantería, Artillería, Caballería Blindada, Ingenieros y Telecomunicaciones (DFL-1, Chile, "ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS" Artículo 5º. Número I letra A).</ref>||<ref group=nota name="ReferenceC">Grado máximo alcanzable para los Oficiales de los escalafones o especialidades de Material de Guerra, Intendencia (DFL-1, Chile, "ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS" Artículo 5º. Número I letra B y C), Justicia y Sanidad (DFL-1, Chile, "ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS" Artículo 5º. Número II letra C y D).</ref>||31-32||26- 30<ref group=nota>Grado máximo alcanzable para los Oficiales del escalafón Servicio Femenino Militar (DFL-1, Chile, "ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS" Artículo 5º. Número I letra D), Transporte, Ayudantía General, Sanidad dental y Veterinaria, Servicio Religioso (DFL-1, Chile, "ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS" Artículo 5º. Número II letra A, B, E, F y G Respectivamente). También es el grado máximo para los Oficiales que no sean nombrados como General por el Presidente de la República. Corresponde al grado de culminación de la carrera militar tradicional.</ref>||21-25||16-20||10-15<ref group=nota>Grado de inicio de los Oficialesoficiales de los Servicios de Justicia, Sanidad, Sanidad dental y Veterinaria. Los Oficiales de Justicia y Sanidad deben permanecer 5 años en el grado de Capitáncapitán, 7 en el grado de Mayormayor, 6 en el grado de Tenienteteniente Coronelcoronel y 5 en el grado de Coronelcoronel. Por su parte, los Oficiales de Sanidad dental y Veterinaria deben permanecer 7 años en el grado de Capitáncapitán, 9 en el grado de Mayormayor y 7 en el grado de Tenienteteniente Coronelcoronel.</ref>||5 a 9||2-4||1
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|Código OTAN||OF-9||OF-8||OF-7||OF-6||OF-5||OF-4||OF-3||OF-2||OF-1||OF-1||OF-D