Diferencia entre revisiones de «Responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas en España»
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Línea 1:
La '''responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas''' es la obligación que tiene el Estado español de reparar o de responder por el daño causado por el funcionamiento de alguna de las administraciones. Esta responsabilidad patrimonial presupone la existencia de un daño que ha afectado al [[patrimonio]] de un sujeto y la existencia de un derecho o interés protegido.<ref>
== Responsabilidad Patrimonial de la Administración ==
Línea 8:
Los supuestos por los cuales se origina la responsabilidad patrimonial de la Administración son los siguientes:
# Por funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, artículo 106 CE:<ref name="constitución">
# Por actos legislativos.
# Por actuaciones judiciales, artículo 121 CE:<ref name="constitución"></ref> error judicial, prisión preventiva, funcionamiento anormal de la Administración de Justicia.
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