Diferencia entre revisiones de «Comarcas históricas de Asturias»

Contenido eliminado Contenido añadido
AlGarcia (discusión · contribs.)
Sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Línea 3:
== Origen de la división comarcal ==
[[Archivo: Mapaasturies copia.jpg|400 px|thumb| right|Distribución geográfica de los siete partidos de la junta General del Principado de Asturias, en tonos morados los concejos de Obispalía. Peñamellera Alta, Peñamellera Baja y Rivadedeva no estaban bajo la jurisdicción de la Junta General y dependían de las Asturias de Santillana.]]
La [[Junta General del Principado de Asturias (Antiguo Régimen)|Junta General del Principado de Asturias]] constituyó durante siglos el órgano de representación histórico de los concejos asturianos. Su origen se encuentra en los sucesos ocurridos en el año 1388 cuando el rey [[Juan I de Castilla]] crea el [[Principado de Asturias]], inaugurando el título de [[Príncipe de Asturias]] y otorgando esta condición al infante Don Enrique, quien luego sería [[Enrique III de Castilla]]. En ese tiempo los concejos asturianos, enfrentados a la familia Quiñones, se alían junto a la Corona en contra de los grandes señores feudales. Sin embargo, la sucesiva incoporaciónincorporación a su régimen jurídico, como consecuencia del proceso de desfeudalización determinó que la composición de aquella se dividiese en partidos, cada uno de los cuales ostentaban distintos derechos y privilegios, así como una organización política muy diferente.
 
Su configuración definitiva vino determinada por la incorporación al realengo de los llamados concejos de Episcopalía, que tiene lugar a lo largo del [[siglo XVI]] como consecuencia de los procesos desamortizadores promovidos por el rey [[Felipe II de España|Felipe II]], que para hacer frente a los gastos de la guerra de religión obtiene la Breve Acceperimus, poniendo la venta la jurisdicción que hasta entonces ostentaban los obispos y muchos de los monasterios y de la orden de Santiago en el Concejo de Sobrescobio. Dentro de este partido se encontraban no sólo los concejos que había pertenecido a la sede episcopal, sino también otros que obtienen la emancipación tardíamente, como es el caso del Concejo de Navia respecto de los Condes de Ribadeo, el Concejo de Allande respecto de la familia Quiñones o el ya señalado caso de Sobrescobio respecto de la orden de Santiago.