Diferencia entre revisiones de «Capitanía general de Chile»
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La [[Recopilación de Leyes de Indias]] de [[1680]], en la Ley XXX (''Que el Virrey del Perú y Audiencia de Lima no se entrometan en el gobierno de Chile, si no fuere en casos graves, y de mucha importancia'') del Título III (''De los Virreyes, y Presidentes Governadores'') del Libro III, recoge el contenido de una real cédula del rey [[Felipe III de España|Felipe III]], de [[15 de octubre]] de [[1597]], que establecía que {{cita|«Es nuestra voluntad, que los Virreyes del Perú, y Audiencia de Lima no impidan, ni embaracen al Presidente Governador y Capitán general de Chile en el gobierno, guerra y materias de su cargo, si no fuere en casos graves, y de mucha importancia, aunque esté subordinado al Virrey, y Governador de la Audiencia de Lima.»<ref>{{cita libro|autor=[[Recopilación de las Leyes de Indias]]|título=Título Tercero. De los Virreyes, y Presidentes Governadores|año=1680|editorial=|id=[http://web.archive.org/web/http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/LeyIndia/0203003.pdf]}}</ref>}}
[[Archivo:Location_Chile_Capitania.png|thumb|Mapa
Respecto a los recursos militares ([[arma]]s, [[soldado]]s, etc.) y el abastecimiento [[comercio|comercial]], la capitanía siguió con dependencia virreinal aunque la [[administración de justicia]] era autónoma de aquél, salvo respecto de la [[Inquisición]] que correspondía a un delegado de [[Lima]], al igual que los juicios de comercio que dependieron del [[Consulado]] del Virreinato hasta [[1795]], fecha en la que se crea un [[Real Tribunal del Consulado de Santiago|Consulado en Santiago]].
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