Diferencia entre revisiones de «Constitución española de 1876»
Contenido eliminado Contenido añadido
Línea 46:
[[Archivo:Francisco Romero Robledo 1904 Ignacio Pinazo Camarlench.jpg|200px|thumb|left|[[Francisco Romero Robledo]], [[1904]]. Óleo sobre lienzo de [[Ignacio Pinazo Camarlench]]. Conservado en el [[Congreso de los Diputados]].]]
El pueblo español elige representantes encargados de confeccionar las leyes, son los [[diputado]]s y los [[senador]]es.<ref>Artículo 19º. Las Cortes se componen de dos cuerpos Colegisladores, en iguales facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.</ref> Se elige un diputado por cada [[circunscripción electoral]] formada por un grupo de población de 50 000 habitantes y por mayoría de votos. No toda la masa de población tiene derecho a votar. Sólo pueden votar los ciudadanos españoles que han cumplido veinticinco años y que llevan al menos dos años de residencia en la localidad comprendida en el distrito electoral.
El Congreso de los Diputados se llama también ''Cámara popular''. En él se reúnen los diputados o representantes del país para votar las leyes e influir en la conducta del [[Gobierno]]. Los diputados que profesan las mismas opiniones o que están afiliados a un mismo [[partido político]] se agrupan nombrando un jefe, que es el que dirige la intervención de su grupo.
|