Diferencia entre revisiones de «Condonación»
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La '''condonación''', '''remisión''' o '''quita''' de una '''deuda''' es el [[acto jurídico]] por el cual una persona, que es [[acreedor]]a de otra, decide renunciar a su [[derecho subjetivo|derecho]], liberando del [[pago]] a la persona [[deudor]]a.{{cr}}
==Naturaleza==
[[Luis
La condonación se hace a título gratuito porque los motivos de la condonación no afecta a su naturaleza.
Su forma puede ser expresa o presunta, siempre que sea en [[escritura pública]], ambas sometidas a las reglas que rigen en las donaciones inoficiosas. Además, la condonación expresa también
==Clases de condonación==
* forzada
* parcial
* total
* voluntaria
Las deudas tributarias sólo podrán condonarse en virtud de ley y en la cuantía y con los requisitos que en la misma se determinen. Los pasivos «impagables» o aquellos que son condonados por los acreedores se convierten en ingreso gravado, sobre el cual no habrá costo o deducción imputable que lo pueda disminuir, por lo que se convertirá en renta líquida.{{cr}}▼
▲* Inter vivos
▲Los pasivos «impagables» o aquellos que son condonados por los acreedores se convierten en ingreso gravado, sobre el cual no habrá costo o deducción imputable que lo pueda disminuir, por lo que se convertirá en renta líquida.
Así como las deudas incobrables pueden ser deducidas del impuesto a la renta, aquellos pasivos que no sean exigibles, o que por negociaciones con los acreedores, estos decidan condonar esos pasivos, se deben convertir en ingreso, el cual será ingreso gravado con el impuesto de renta.{{cr}}
Una deuda no cobrada por la empresa es gasto, y un pasivo no pagado por ella es un ingreso, lo que es apenas natural y lógico.{{cr}}
== Véase también ==
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