Diferencia entre revisiones de «Derecho administrativo»
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▲</big>El '''derecho administrativo''' (del [[latín]] ''ad'' "junto a", y ''ministrare'', "manejar las cosas comunes") es la rama del [[derecho público]] que regula la organización, funcionamiento, poderes y deberes de la [[Administración pública]] y las consiguientes relaciones jurídicas entre la Administración y otros sujetos.
En otras palabras, el derecho administrativo es aquel que comprende la organización y el funcionamiento de toda forma de administración pública. Por extensión, suele ser también aplicable a la actuación materialmente administrativa de los demás poderes del Estado y de todos esos entes del sector público. Y todo ello, desde la doble perspectiva de procurar la eficacia de las Administraciones pero también garantizar los derechos de los particulares en sus relaciones con ellas.
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* '''Derecho administrativo orgánico''': encargado del estudio sobre las formas y principios de organización administrativa.
* '''Derecho administrativo funcional''': sobre el funcionamiento de la Administración, sobre todo en su actividad formalizada (procedimientos y actos administrativos).
* '''Derecho procesal administrativo''': normas sobre [[Control (procedimiento administrativo)|control]] de la Administración y [[jurisdicción]] revisora de su actuación.
* '''[[Responsabilidad del Estado]]''': estudia las causales y procedencia del deber de la Administración de reparar los daños causados por ella.
* '''[[Derecho local (administrativo)|Derecho municipal]]''': estudio sobre el régimen legal de las [[municipalidad]]es o corporaciones similares.
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