Diferencia entre revisiones de «Juzgados de Policía Local»

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Los '''juzgados de policía local''' son [[tribunal]]es [[chile]]nos especiales que existen en todas las ciudades cabeceras de [[Organización territorial de Chile#Región|región]] y en las [[comuna de Chile|comunas]] que tienen una entrada anual superior a 30 [[Sueldo Vital Mensual|sueldos vitales anuales]], de la [[Provincia de Santiago]]. (aproximadamente 61.000 €). En las demás, las funciones de juez de policía local son desempeñadas por el [[alcalde]] (por ejemplo, en [[Juan Fernández (comuna)|Juan Fernández]]). No forman parte del [[Poder Judicial de Chile|Poder Judicial]], sin embargo están bajo la supervigilancia directiva, correccional y económica de la [[Corte de Apelaciones de Chile|Corte de Apelaciones]] respectiva. Sus atribuciones y organización esta normadas por la Ley N° 15.231 de 1978 «sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local», mientras que el procedimiento aplicable se halla regulado en la ley 18.287.
 
== Características ==