Diferencia entre revisiones de «Agente forestal (España)»

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[[Archivo:Agents Rurals.svg|miniaturadeimagen|250px|Logotipo de los ''Agents Rurals'' de [[Cataluña]].]]
Los '''Agentes Forestales''', '''Agentes Forestales y Medioambientales''' o '''Policía Medioambiental''' en [[España]], son [[Funcionario público (España)|funcionarios públicos]] que ostentan la condición de agentes de la autoridad, Policía Administrativa Especial y Policía Judicial genérica<ref>http://www.aeafma.es/policia-medioambiental.html</ref> pertenecientes a las administraciones públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tienen encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y las de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. De acuerdo con el artículo 148 de la Constitución, las competencias en Medio Ambiente están trasferidas a las [[Comunidades Autónomas]].<ref name="aeafma.es">http://www.aeafma.es/policia-medioambiental/distribucion-territorial/comunidades-autonomas</ref>
 
En la actualidad 6.000 Agentes desarrollan su función de Policía Medioambiental en todos y cada uno de los rincones del medio rural español, protegiendo y conservando el Patrimonio Natural que posee [[España]], cumpliendo el mandato del artículo 45 de la Constitución y las obligaciones de protección del Medio Ambiente marcadas por los Tratados y Directivas de la Unión Europea.<ref>http://www.aeafma.es/policia-medioambiental/agentes-forestales-medioambientales.html</ref>