Diferencia entre revisiones de «Móvil (derecho)»
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Un '''móvil''', en materia de derecho, especialmente en [[derecho penal]], es
La ley distingue técnicamente móvil de [[Dolo|intención criminal]]. Esta intención en derecho penal es sinónimo de ''[[mens rea]]'' («mente criminal», literal), lo cual implica que el estado mental demuestra responsabilidad, que la ley sí establece como elemento criminal. En cambio, los móviles describen los antecedentes del del acusado y su situación en la vida suponen haber inducido el crimen. A menudo se dividen en tres categorías: biológicos, sociales y personales.
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