Diferencia entre revisiones de «Sociedad civil (derecho)»
Contenido eliminado Contenido añadido
mSin resumen de edición |
|||
Línea 13:
== Atributos ==
{{referencias}}
Este tipo de [[sociedad (Derecho)|sociedad]] se opone a la [[sociedad mercantil]]. Es difícil establecer una distinción clara entre ambas. En general se distingue la sociedad civil por ser aquella que se constituye sin un objeto mercantil o, al menos, no puramente mercantil. Sin embargo debe reunir ciertos requisitos y atributos para ser reconocida como persona moral.▼
▲Este tipo de [[sociedad (Derecho)|sociedad]] se opone a la [[sociedad mercantil]]. Es difícil establecer una distinción clara entre ambas. En general, se distingue la sociedad civil por ser aquella que se constituye sin un objeto mercantil o, al menos, no puramente mercantil. Sin embargo debe reunir ciertos requisitos y atributos para ser reconocida como persona moral.
* Nombre. Tiene que ser la Razón Social o Denominación Social.▼
*Domicilio. Es el lugar físico en que una sociedad civil se aloja para efectos legales.▼
▲* Nombre. Tiene que ser la
*Patrimonio. Esta es formada a partir de los recursos de los socios, puede ser numerario o bienes.▼
▲* Domicilio. Es el lugar físico en que una sociedad civil se aloja para efectos legales.
▲* Patrimonio.
* Capacidad de Ejercicio. Facultad que ha adquirido la Sociedad Civil cuando esta cumple con todos los requisitos formales.▼
* Capacidad
▲* Capacidad de
* Capacidad procesal. Otra de las facultades que adquiere la sociedad cuando se inscribe al [[Registro de Sociedades Civiles]].
== Véase también ==
|