Diferencia entre revisiones de «Obligación natural»

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En derecho de obligaciones, las '''obligaciones naturales''' son una categoría intermediaria entre las [[obligación jurídica | obligaciones civiles]] (o jurídicas) y las [[obligación moral | obligaciones morales]].
 
Las obligaciones naturales carecen de fuerza coercitiva exterior para imponer su mentecumplimiento. elLa pago:obligación sinatural eles pagolícita, sepero cumpleno voluntariamentegoza de coactividad, éstees decir, no esson luegojudicialmente repetibleexigibles.
 
Como efecto jurídico, existe solamente el pago: si el pago se cumple voluntariamente, éste no es luego repetible.
 
=== Bibliografía ===