Diferencia entre revisiones de «Laudo»

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'''Laudo''' es la denominación de la [[resolución judicial|resolución]] que dicta un [[árbitro]] y que sirve para dirimir un conflicto entre dos o más partes.
 
Por ello,esto es un mierda
El equivalente al laudo en el orden jurisdiccional es la [[sentencia judicial|sentencia]], que es la que dicta un [[juez]]. La diferencia estriba en que, mientras que la [[jurisdicción]] del juez viene marcada por la [[ley]], la jurisdicción del árbitro viene dictada por la [[autonomía de la voluntad]]. Por lo tanto, el arbitraje debe ser aceptado por ambas partes (ya sea de forma previa, a través de un [[contrato]], o de posteriormente, cuando ya ha surgido el conflicto) como forma de resolver el [[litigio]].
 
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Para la ejecución del ''laudo arbitral'' es necesario acudir a un juez, que es quien tiene la [[potestad]] para ordenarlo y, en su caso, forzar su cumplimiento. Si el laudo ha sido dictado conforme a [[derecho]], el juez no entrará a conocer sobre el contenido del mismo, sino que simplemente ordenará su aplicación.
Por ello, un ''laudo'' no tiene por qué estar fundamentado en [[derecho]]. Las partes pueden haber acordado que el arbitraje se haya hecho basándose en criterios de [[equidad]].
 
Por ello, un ''laudo'' no tiene por qué estar fundamentado en [[derecho]]. Las partes pueden haber acordado que el arbitraje se haya hecho basándose en criterios de [[equidad]].
 
Finalmente es necesario distinguir entre tres grupos de laudos: